Corrección de errores - Artes Gráficas, Manipulados de Papel, Manipulados de Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia14 de Noviembre de 1996
Fin de Vigencia14 de Noviembre de 1996
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 0275 de 14/11/96

Advertidas erratas en el texto del Convenio Colectivo anejo a la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 232, de fecha 25 de septiembre de 1996, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones: Página 28693, columna izquierda, letra E) del artículo 1.2, segundo párrafo, línea 1, donde dice: «... quedan excluidos los telares que impriman ...», debe decir: «... quedan excluidos los talleres que impriman ...».

Página 28696, columna derecha, artículo 5.11, línea 4, donde dice: «... y las sugerencias del personal por conductor jerárquico ...», debe decir: «... y las sugerencias del personal por conducto jerárquico ...».

Página 28698, columna derecha, artículo 6.1.2.5.A) Personal Administrativo. 2. Jefe de segunda, línea 3, donde dice: «... así como distribuir el trabajo entre Oficiales Auxiliares y ...», debe decir: «... así como distribuir el trabajo entre Oficiales, Auxiliares y ...».

Página 28699, columna derecha, artículo 6.1.2.5.A) Personal Obrero. 3. Oficial segunda, línea 4, donde dice: «... o por aprendizaje metódico, sancionador, ...», debe decir: «... o por un aprendizaje metódico, sancionado...».

Página 28704, columna izquierda, última línea, donde dice: «Revisar y cortar papel cartográfico», debe decir: «Revisar y contar papel calcográfico».

Página 28710, columna izquierda, donde dice: «Recoger e igualar a la salida de máquinas de impresión, de máquinas cortadoras y de máquinas plegadoras-engomadoras ...», debe decir: «Recoger e igualar las hojas a la salida de máquinas de impresión, de máquinas cortadoras...

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