Acta - Ciclo de Comercio de Papel y Artes Gráficas, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia28 de Enero de 1998
Fin de Vigencia28 de Enero de 1998
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 76 de 30/03/1998

taciÛn total de 3.946.833 pesetas, como participaciÛn en la financiaciÛn de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.

Cuarta.--El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotaciÛn presupuestaria 19.04.313.0454.02 para el ejercicio de 1997, aporta la cantidad de 3.946.833 pesetas, como participaciÛn en la financiaciÛn de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.

Quinta.--El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales transferir· la cantidad seÒalada en la cl·usula anterior una vez firmado este Convenio.

Sexta.--La Comunidad AutÛnoma deber·:

  1. Aplicar los fondos aportados por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a los gastos correspondientes a la ejecuciÛn y desarrollo de los programas experimentales que se especifican en este Convenio de ColaboraciÛn.

  2. Informar de la puesta en marcha del programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la informaciÛn que recabe en relaciÛn con el presente Convenio.

  3. Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos tÈcnicos sobre los programas financiados.

  4. Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, de acuerdo con lo dispuesto en la nueva redacciÛn del artÌculo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre).

SÈptima.--La Comunidad AutÛnoma Valenciana elaborar·, al finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria financiera y tÈcnica de cada proyecto, que al menos recoja:

Fecha de puesta en marcha.

InformaciÛn econÛmica.

Actividades realizadas.

Recursos utilizados.

Sectores atendidos.

Informe y resultados obtenidos de la investigaciÛn prevista en el programa.

Datos estadÌsticos.

Dificultades y propuestas.

ValoraciÛn del programa.

Octava.--El informe de la investigaciÛn del programa estar· a disposiciÛn del conjunto de las Comunidades AutÛnomas, pudiendo ser presentado en las reuniones de Directores generales competentes en menores y en las Comisiones TÈcnicas de CoordinaciÛn InterautonÛmicas sobre temas de menores.

Novena.--Ambas partes podr·n acordar la publicaciÛn total o parcial del informe de investigaciÛn, figurando en ese caso la identificaciÛn de ambas Administraciones al mismo nivel.

DÈcima.--Para el seguimiento del presente Convenio, la Comunidad AutÛnoma Valenciana designar· un representante en...

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