Revisión salarial - Grandes Almacenes, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2003
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2003
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 46 de 22/02/2003

RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Acta de 16 de enero de 2003, en la que se contienen acuerdos de revisión salarial del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes.

Visto el texto del Acta de fecha 16 de enero de 2003, en la que se contienen acuerdos de revisión salarial del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes (código de convenio número 9902405), Acta que ha sido suscrita de una parte por la Asociación Empresarial ANGED en representación de las empresas del sector y de otra por las organizaciones sindicales FASGA y FETICO en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 5 de febrero de 2003.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO DE GRANDES ALMACENES

Por la representación de los trabajadores:

FASGA.

FETICO.

Por la representación empresarial:

ANGED.

En Madrid a 16 de enero de 2003, siendo las diecisiete horas, en los locales de ANGED, se reúne la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes constituida al amparo del artículo 68 del mismo.

Asisten a la reunión la totalidad de las organizaciones sindicales firmantes del Convenio Colectivo y la organización empresarial ANGED, previa convocatoria realizada al efecto, con el objeto de tratar los temas que conforman el contenido del siguiente orden del día:

Aplicación del incremento salarial, conforme a lo establecido en el artículo 29 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes.

Aprobación de las tablas salariales para el año 2002.

En primer lugar se constata que, dado que el IPC real oficial del año 2002 ha sido del 4 por 100, procede efectuar la revisión salarial a que se refiere el punto 3 del artículo 29, aplicando un 1,7 por 100 sobre los conceptos previstos en los puntos 1 y 2 del mismo, con efectos del día 1 de enero de 2002.

A...

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