Convenio colectivo - Perfumería y Afines, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2009
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2009
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 184 de 30/07/2010

Visto el texto de la revisión salarial para el año 2009 del Convenio colectivo estatal de perfumería y afines, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 23 de agosto de 2007 (código de Convenio número 9904015), que fue suscrito con fecha 18 de junio de 2010 por la Comisión Mixta del Convenio de la que forman parte la organización empresarial STANPA, en representación de las empresas del sector, y los sindicatos FIA-UGT y FITEQA-CC.OO, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.—Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial para el año 2009 en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta del Convenio.

Segundo.—Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de julio de 2010.—El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO DE PERFUMERÍA Y AFINES PARA PROCEDER A LA REVISIÓN SALARIAL DE 2009

En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 18 de junio de 2010, se reúnen en los locales de STANPA (paseo de la Castellana, 159, 1.º) las personas que a continuación se relacionan, miembros integrantes de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Perfumería y Afines, representantes de las Federaciones Sindicales FIA-UGT y FITEQA-CC.OO. y de la Organización Empresarial Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética (STANPA).

Asistentes:

Por FIA-UGT:

Don José Carlos Ruiz.

Don José Luis Dorado Barreno.

Por FITEQA-CC.OO.:

Doña Pilar García Torres.

Don Luis García García.

POR STANPA:

Don Miguel García Acebron.

Doña María Soledad González Terán.

Doña Marival Díez Rodrigálvarez.

Asesor: Don Fernando Magariños Munar.

Efectuadas las deliberaciones correspondientes, las partes adoptan los siguientes acuerdos:

  1. Revisión salarial de 2009.

Una vez constatado que el IPC establecido por el INE a 31 de diciembre de 2009 respecto a 31 de diciembre de 2008 ha sido el 0,8, procede, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Convenio («Cláusula de revisión salarial»), realizar una revisión salarial, en este caso a la baja, en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR