Acta - Industria de Producción Audiovisual (Técnicos), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia31 de Mayo de 2010
Fin de Vigencia31 de Mayo de 2010
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 132 de 31/05/2010

Visto el texto del Acta de fecha 2 de febrero de 2010 en la que se contiene el acuerdo de constitución de la Comisión de Salud Laboral, suscrito al amparo de lo previsto en el artículo 36 del II Convenio Colectivo de la Industria de la Producción Audiovisual (Técnicos) (código de Convenio número 9912985) que fue suscrito con fecha 2 de febrero de 2010 por la Comisión Paritaria del Convenio, integrada por la Asociación empresarial FAPAE y los sindicatos CCOO y UGT, firmantes de dicho convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.—Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.—Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 19 de mayo de 2010.—El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN DE SALUD LABORAL DEL II CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA DE LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL (TÉCNICOS)

En Madrid, a 2 de febrero de 2010.

REUNIDOS

Por CC.OO:

Don Juan Martínez.

Don Fernando González.

Por UGT:

Don Carlos Ponce.

Don Juan José Martínez.

Por FAPAE:

Don José María García Herrera.

Don Fernando Victoria de Lecea.

Don Efrén Chao.

Doña Mabel Klimt.

Reunida en el día y la fecha del encabezamiento en avenida de América, número 25, sede de UGT, se procede a dar inicio a la misma para tratar los siguientes puntos del

Orden del día

  1. Constitución de la Comisión de Salud Laboral del II Convenio Colectivo de la Industria de la Producción Audiovisual (Técnicos).

    Las partes, por unanimidad, deciden la constitución de la Comisión de Salud Laboral, que surge del artículo 36 del II Convenio Colectivo de la Industria de la Producción Audiovisual (Técnicos) publicado en el Boletín Oficial del estado con fecha 1 de agosto de 2009.

    En virtud de sus términos, se acuerda la designación de los asistentes como miembros de pleno derecho de la referida Comisión de Salud Laboral. Las partes acuerdan que será facultad de cada organización las decisiones pertinentes en materia de sustituciones y reemplazos de...

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