Revisión salarial - Construcción, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2003
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2006
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 71 de 23/03/2004

RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acta de revisión salarial de conformidad con lo previsto en el artículo 7.1. del Acuerdo Sectorial Nacional de la Construcción.

Visto el texto del acta de fecha 30 de enero de 2004 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial de conformidad con lo previsto en el artículo 7.1 del Acuerdo Sectorial Nacional de la Construcción (BOE 2.VII.2003) (Código del Convenio n.o 9905595), acuerdos alcanzados, de una parte, por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) en representación de las empresas del sector y, de otra por, las Organizaciones Sindicales MCA-UGT y FECOMA-CC.OO. en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de marzo de 2004.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA REUNIÓN 1/2004 DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL ACUERDO SECTORIAL NACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN 2003-2006

En Madrid, a 30 de enero de dos mil cuatro, en la sede de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), se reúnen los señores que al margen se relacionan, miembros de la Comisión Paritaria del Acuerdo Sectorial Nacional de la Construcción para los años 2003-2006 (ASN-2003-2006):

En representación laboral:

MCA-UGT:

D. Saturnino Gil Serrano.

D. Francisco García Ortega.

FECOMA-CC.OO.:

D. Antonio Garde Piñera.

En representación empresarial:

CNC:

D. Francisco Carmona Castejón.

D. Carlos López de las Heras.

D. Carlos Hernández Jiménez.

D. Francisco Ruano Tellaeche.

D. Francisco Santos Martín.

La reunión tiene por objeto dar cumplimiento a lo pactado en el citado ASN, en sus artículos 7º y 8º 5.

En el transcurso de la reunión, dado que, según se constata, la desviación producida en la previsión de inflación hecha por el Gobierno para el año 2003 ha sido, según el INE, del cero coma seis por ciento (0,6%), y que según lo...

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