Convenio colectivo - Construcción, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2010
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2010
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 184 de 30/07/2010

Visto el texto del Acta de 22 de junio de 2010, en la que se contienen los acuerdos de revisión salarial del IV Convenio colectivo general del sector de la construcción (código de Convenio número 9905585), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 17 de agosto de 2007, que fue suscrita, de una parte por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales FECOMA-CC.OO y MCA-UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.—Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.—Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de julio de 2010.—El Director General de Trabajo, Jose Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE LA REUNIÓN 1/2010 DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL IV CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

En representación laboral,

FECOMA-CC.OO.:

Don José Luis López Pérez.

Don José Manuel Pérez Martínez.

MCA-UGT:

Don Teodoro Escorial Clemente.

Don Juan Carlos Barrero Mancha.

En representación empresarial,

CNC:

Don Pedro C. Fernández Alén.

Don Francisco Santos Martín.

Don Francisco Ruano Tellaeche.

Don Pedro García Díaz.

En Madrid, a 22 de junio de 2010, en la sede de CNC, se reúnen los señores que se relacionan al margen, llegando a los siguientes acuerdos:

Primero. Compromiso con el IV CGSC.—Se acuerda un compromiso para solucionar las complicaciones que han surgido para el IV Convenio General del Sector de la Construcción.

En este sentido el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, ha establecido, por una parte, un refuerzo al contrato fijo de obra del artículo 20 del IV Convenio General del Sector de la Construcción. Sin embargo ha recogido que la sucesión de contratos contenida en el artículo 15.5. del Estatuto de los Ttrabajadores ocurrirá cuando la contratación se haga para el mismo o para diferente puesto de trabajo, de manera que la definición de «puesto de trabajo» contenida en...

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