Convenio colectivo - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia17 de Octubre de 2008
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2010
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 20 de 24/01/2011

Visto el texto del Acuerdo sobre complemento salarial correspondiente a la Comunidad Autónoma de Extremadura remitido por la Comisión Paritaria del V Convenio colectivo de empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, dando cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional octava del citado Convenio (Código de Convenio nº 99008725011994), que fue suscrito con fecha 17 de octubre de 2008, de una parte por CECE-Extremadura y EyG-Extremadura en representación de las empresas del sector, y de otra por los Sindicatos CCOO, FSIE, FETE-UGT y USO en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de diciembre de 2010.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACUERDO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y LAS ORGANIZACIONES PATRONALES Y SINDICALES DE LA ENSEÑANZA CONCERTADA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, SOBRE MEDIDAS PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN

Mérida, 17 de octubre de 2008

Reunidos, de una parte, el Director General de Calidad y Equidad Educativa de la Consejería de Educación, don Antonio Tejero Aparicio, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; actuando en ejercicio de las facultades que le confiere la delegación de firma acordada por la Consejería de Educación mediante Resolución de 15 de octubre de 2008, de conformidad con el artículo 76 de la Ley 112002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y de otra parte don José M.ª Rosado Montero en representación de Comisiones Obreras de Extremadura ( CC.OO ); don Fidel Sánchez Herrera, en representación de la Federación de Sindicatos Independientes de la Enseñanza de Extremadura (F.S.I.E. ); don Santos Mayo Nevado, en representación de la Federación Española de Trabajadores de la Enseñanza de Extremadura de la Unión General de Trabajadores ( F.E.T.E. -D.G.T. ); don Guillermo Sanabria Barrado en representación de la Federación de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera de Extremadura ( U.S.O. ); doña M.ª Coronada Díaz Tortonda en representación de la Confederación Española de Centros de Enseñanza de Extremadura (C.E.C.E. ); don Iván Hodar González en representación de Educación y Gestión de Extremadura ( E y G ).

EXPONEN

En esta...

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