Revisión salarial - Pirotecnia, Comunidad Valenciana
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2010 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2010 |
Publicado en | Diario Oficial de la Comunidad Valenciana nº 6497 de 07/04/2011 |
Vista el acta del Acuerdo celebrado el 11 de febrero de 2011 sobre aplicación de la garantía salarial para el año 2010 del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana, suscrito, de una parte, por la organización empresarial PIROVAL, y de otra, por los sindicatos FIA-UGT-PV y FITEQA-CC OO-PV, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Área de Relaciones Laborales y Seguridad Laboral, conforme a las competencias transferidas según el Real Decreto 4105/82, de 29 de diciembre, resuelve:
Primero
Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto del acta.
Segundo
Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 11 de marzo de 2011.- El jefe del Área de Relaciones Laborales: Reyes Maximiliano Coronado Coronado.
Acuerdo sobre aplicación de la garantía salarial para el año 2010
Valencia, 11 de febrero de 2011
Reunida en el día de hoy a las 16.00 horas, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana en el domicilio de la Asociación empresarial PIROVAL, cuyos integrantes aparecen relacionados al pie del presente documento, llegan a los siguientes
ACUERDOS
Primero
Dando cumplimiento a lo acordado en el artículo 10 del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana (Clave Convenio Código nuevo: 80000325011997, antiguo: 8000325), que fue prorrogado para el año de 2010 según consta en el acta suscrita el pasado día
14.06.2010 y anexo I de la misma y que fue publicada en el DOCV de fecha 2.08.10, se procede, una vez constatado el IPC definitivo del año de 2010, cifrado en el 3,0%, a revisar las tablas salariales de 2010, incrementando las mismas como previene el expresado artículo 10.
Las retribuciones definitivas aparecen reflejadas en las tablas que se adjuntan en anexo al presente documento.
Segundo
El pago...
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