Acta - Recoprint Pinto SL, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2010
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2010
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 102 de 02/05/2011

Examinada el acta de la citada fecha por medio de la cual las partes firmantes del convenio colectivo de la empresa "Reconprint Pinto, Sociedad Limitada", acuerdan prorrogar para el año 2010 el vigente convenio colectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo; en el artículo 90.2y3del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; en el artículo 6.1.a) del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, y en el Decreto 15/2010, de 18 de marzo, por el que se fusionan la Consejería de Empleo y Mujer y la Consejería de Inmigración y Cooperación de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General

RESUELVE

  1. o Inscribir el acta de 28 de diciembre de 2009 en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección General y proceder al correspondiente depósito en este Organismo. 2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de marzo de 2011.-El Director General de Trabajo (PO 75/2011, de 18 de enero), la Gerente del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Acta de acuerdo entre la dirección de la empresa "Recoprint Pinto, Sociedad Limitada", y la representación legal de los trabajadores de esta empresa

En representación de "Recoprint Pinto, Sociedad Limitada":

- Don Vicente Pedrueza Viñegra.

Representación legal de los trabajadores:

- Don Roberto Montero Ibáñez.

En Pinto (Madrid), siendo las once horas del día 28 de diciembre de 2009, se reúnen en el edificio de la empresa los representantes de la dirección y de los trabajadores que se relacionan, como miembros de la comisión negociadora del IV convenio colectivo de la empresa "Recoprint Pinto, Sociedad Limitada", reconociéndose ambas partes como interlocutores válidos con capacidad y legitimación necesarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87.1 del Estatuto de los Trabajadores.

MANIFIESTAN

Que estando próximo a su vencimiento la vigencia del IV convenio colectivo de la empresa "Recoprint Pinto, Sociedad Limitada", de acuerdo con el artículo 3 del mismo, que

fija su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009, las partes reunidas en virtud de las atribuciones que tienen...

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