Modificación - Asociación Tele-Taxi San Fermín, Navarra
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2011 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2011 |
Publicado en | Boletín Oficial de Navarra nº 124 de 24/06/2011 |
Visto el texto del Convenio Colectivo prorrogado de la empresa Asociación Tele-Taxi San Fermín, de Pamplona (Código número 31008762012008), que tuvo entrada en este Registro en fecha 15 de mayo de 2011, y que fue suscrito el día 14 de abril por la representación legal y sindical de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
RESUELVO:
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Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Navarra.
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Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.
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Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
Pamplona, 6 de junio de 2011.-La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.
ACTA DE ACUERDO
Negociación convenio Tele-Taxi San Fermín
Parte social: Betiri Garralda (ELA).
Parte empresarial: Juan Luis García (Gerente). Agustín Iturralde (Presidente).
Siendo las 9,30 horas acordamos modificar e integrar los siguientes puntos al convenio laboral de empresa:
I.-Ámbito de aplicación:
Ámbito temporal: 2011 para un año. Con retroactividad al 1 de enero del 2011.
Una vez finalizada su vigencia y hasta su sustitución por un nuevo convenio de empresa se mantendrán prorrogadas sus cláusulas normativas. Con respecto a los salarios, se incrementarán anualmente en el mes de enero en la misma cuantía del IPC de Navarra del año anterior más 1% a cuenta del incremento definitivo que en su caso se establezca en un nuevo convenio de empresa.
Ámbito de denuncia: Compromiso de negociar tres meses antes de su vencimiento.
II.-Condiciones de trabajo:
Jornada de trabajo:
La jornada será de 1.650 horas al año. Los turnos serán de mañana, tarde y de noche.
Calendario anual: Fijación por acuerdo con la RLT y adelanto de la fecha de entrega individual a los trabajadores/as para la primera semana de diciembre de cada año. En 2011 será entregado antes del 15 de mayo.
Vacaciones:
Fijación de las mismas en 37 días naturales, que se disfrutarán en un bloque de...
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