Acuerdo Calendario Laboral - Industria de la Madera, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2012
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2012
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 15 de 18/01/2012

Examinada el Acta de Revisión Salarial del convenio colectivo del Sector de Industria de la Madera, suscrita por la comisión negociadora del mismo el día 11 de octubre de 2011, aprobando en el mismo acto el calendario laboral para 2012, completada la documentación exigida en los artículos 6y7del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2y3del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; Decreto 98/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y el Decreto 149/2011, de 28 de julio, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General

RESUELVE

  1. o Inscribir dicha Revisión Salarial en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo. 2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    Madrid, a 30 de noviembre de 2011.-La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

    ACTA DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO PROVINCIAL DE LA MADERA 2011

    En Madrid, a 11 de octubre de 2011, en el domicilio de FEMAMM, en esta fecha sede de las Comisiones del Convenio Regional de la Madera de la Comunidad de Madrid, sito en la calle Sagasta, número 24, tercero izquierda, y siendo las diez y treinta horas se reúnen las personas que a continuación se reseñan en representación de las organizaciones patronales y sindicales.

    - CC OO: Don Alberto Trigo Sánchez. - UGT: Don José Javier Gallego Cardo. - ACOMAT: Don José Fernández Morán. - AFAMID:

    [circle6] Don Carlos Jiménez.

    [circle6] Doña Ana Isabel Hernández. - APISMA: Don Miguel Rodríguez Rojas.

    ACUERDAN

  2. Incremento salarial 2011:

    Se aprueban las tablas salariales para 2011. Se establecen los incrementos salariales en base a lo establecido en el Acta de la comisión paritaria del Convenio Estatal de la Madera de 6 de julio, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del 23 de agosto de 2010 (numero 204).

    De esta forma para el período 2011, con efectos desde el 1 de enero, se revisarán los salarios incrementándose en un 1,3 por 100.

    Finalizado el año 2011, y una vez conocido el IPC real de dicho año, se procederá a actualizar las tablas con efectos de 1 de enero de 2011.

    De conformidad con el Acta de la comisión negociadora del Convenio Estatal de la Madera de 7 de marzo de 2011, el incremento pactado para el año 2011 se podrá realizar de manera aplazada con el límite máximo del 31 de diciembre de 2011.

    La dieta completa queda establecida en 36,08 euros, y la media dieta en 11,15 euros. En aquellas empresas en las que el empresario unilateralmente no constituyera el fondo, o reimplantado, lo suprimiera, también en contra de la voluntad de los trabajadores, será responsable del importe de las primas del seguro de vida e invalidez total y absoluta, que habrá de abonar de su propia cuenta.

    La cantidad mínima de cobertura de este seguro será de 20.288,41 euros. Para la actividad de aserradores, rematantes y embalajes se sustituye el Fondo Social, por una prestación indemnizatoria de 20.288,41 euros para los casos de muerte, derivados de contingencias de accidente o enfermedad profesional, para la viuda/o o beneficiarios. 2. Calendario laboral 2012:

    Se aprueba el calendario laboral para el año 2012, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 47 del Convenio Estatal de la Madera, y que se acompaña como Anexo a esta acta.

    Y sin más temas que tratar, se da por finalizada la reunión a las doce horas del citado día 11 de octubre de 2011.

    CALENDARIO LABORAL DE LA MADERA COMUNIDAD DE MADRID AÑO 2012

    ENERO 20 FEBRERO 21 MARZO 21

    L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

    1 1

    2 2 3 4 5 6 7 8 6 1 2 3 4 5 10 1 2 3 4

    3 9 10 11 12 13 14 15 7 6 7 8 9 10 11 12 11 5 6 7 8 9 10 11

    4 16 17 18 19 20 21 22 8 13 14 15 16 17 18 19 12 12 13 14 15 16 17 18

    5 23 24 25 26 27 28 29 9 20 21 22 23 24 25 26 13 19 20 21 22 23 24 25

    6 30 31 10 27 28 29 14 26 27 28 29 30 31

    ABRIL 18 MAYO 19 JUNIO 21

    L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

    14 1 18

    15 2 3 4 5 6 7 8 19 1 2 3 4 5 6 23 1 2 3

    16 9 10 11 12 13 14 15 20 7 8 9 10 11 12 13 24 4 5 6 7 8 9 10

    17 16 17 18 19 20 21 22 21 14 15 16 17 18 19 20 25 11 12 13 14 15 16 17

    18 23 24 25 26 27 28 29 22 21 22 23 24 25 26 27 26 18 19 20 21 22 23 24

    19 30 23 28 29 30 31 27 25 26 27 28 29 30

    JULIO 22 AGOSTO 22 SEPTIEMBRE 20

    L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

    27 1

    28 2 3 4 5 6 7 8 32 1 2 3 4 5 36 1 2

    29 9 10 11 12 13 14 15 33 6 7 8 9 10 11 12 37 3 4 5 6 7 8 9

    30 16 17 18 19 20 21 22 34 13 14 15 16 17 18 19 38 10 11 12 13 14 15 16

    31 23 24 25 26 27 28 29 35 20 21 22 23 24 25 26 39 17 18 19 20 21 22 23

    30 31...

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