Tablas salariales - Aspla Plásticos Españoles SA, Cantabria

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2011
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2012
Publicado enBoletín Oficial de Cantabria nº 39 de 24/02/2012

Código de Convenio número 39000082011983.

VISTO el acuerdo suscrito por la comisión negociadora del Convenio Colectivo de la empresa "ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S. A.", de fecha 27 de enero de 2012, por el apruebala revisión salarial correspondientes al año 2011 y las tablas salariales aplicables en el año2012 para el personal laboral de la referida empresa; y, de conformidad con el artículo 90 delReal Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de28 de mayo, sobre registro y depósito de los acuerdos y convenios colectivos de trabajo; y,en relación con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso defunciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria yDecreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos, asícomo el Decreto 9/2011, de 28 de junio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el Decreto 87/2011, de 7 de julio, por el quese modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

SE ACUERDA:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 14 de febrero de 2012.

La directora General de Trabajo,

Rosa María Castrillo Fernández.

CVE-2012-2170

ACTA DE ACUERDO DE LA COMISIÓN PARITARIA ASPLAPLASTICOS ESPAÑOLES, S.A. DE 27.01.2012 A LAS 11:00 HORAS

Asistentes Por la RepresentaciónSocial

D. José Luis Madrazo Ruíz D. Javier Alonso González D. Jose Luís Sánchez Pérez

Asistentes Por la RepresentaciónEconómica. D. José María Roncal Berruezo D. Telesforo Garrido Halcón D. Ernesto Sánchez-Lastra Martínez

ÚNICO.- Aplicar la "Revisión salarial para el 2º año de vigencia ": 1.03.11 a 31.12.11, previsto enel punto 4º, artº 3º sobre "VIGENCIA, DURACIÓN Y REVISIÓN ", del XIV CONVENIOCOLECTIVO DE ASPLA, PLÁSTICOS ESPAÑOLES S.A. como sigue:

Se garantiza el IPC real - Conjunto Nacional- del año natural Enero a Diciembre de 2011, más 0,5puntos.

En caso que el IPC citado según la fórmula descrita, superase el 1,5% se incrementarán los diversosconceptos en la diferencia exacta que supere dicho 1,5%.

I.P.C. de 2011 según el INE : 2,40 %

Cantidad pactada a sumar : 0,50 %

INCREMENTO TOTAL : 2,90 %

Cifra aplicada el 01.03.2011 : 1,50 %

Diferencia a revisar : 1,40 %

Como dicha diferencia se debe aplicar con efectos al 01.03.2011 y sobre los valores vigentes al 28.02.2011, resulta así un incremento del 1,37 % sobre los precios hoy vigentes.

De este modo, la Revisión Salarial queda como sigue:

  1. Revisión Salarial del 1,37 % para los siguientes conceptos: Salarios y Pagas Extras,Antigüedad, Prima Directa, Prima Indirecta, C.P.I., C.P.I. Pagas, Plus Noche...

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