Revisión salarial - Hospedaje, Comunidad de Madrid
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2011 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2011 |
Publicado en | Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 126 de 28/05/2012 |
Examinada el acta de revisión salarial de IPC-2011 del convenio colectivo del Sector de Hospedaje, suscrita por la comisión negociadora del mismo el día 17 de enero de 2012; completada la documentación exigida en los artículos 6y7delRealDecreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2y3deltexto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; Decreto 98/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y el Decreto 149/2011, de 28 de julio, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General
RESUELVE
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o Inscribir dicha revisión salarial en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo. 2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 7 de marzo de 2012.-La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
Acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de Hospedaje de la Comunidad de Madrid
Reunida en Madrid, a 17 de enero de 2012, la comisión negociadora del convenio colectivo de Hospedaje de la Comunidad de Madrid, compuesta por:
Por AEHM
Don Antonio Gil Alonso.
Don Jesús Ramos Serrano. Doña Nuria Zamorano Yuste. Doña Natividad Vallés Zarza. Don Sérvulo Baños Prieto. Don Jean Paul Gatinois.
Por el Sindicato de Comercio, Hostelería y Turismo de CC OO de la Comunidad de Madrid
Doña Paloma Vega López.
Don Víctor Saiz Gil. Doña Fabiola Guerra Suárez. Doña Ana María Pérez Gutiérrez. Don Ángel Moisés Sánchez Grande. Don Román Alonso Cerezuela.
ACUERDAN
Primero.-Proceder a realizar la revisión salarial de conformidad a lo establecido en el artículo 25 del citado convenio colectivo.
Tras constatar que el índice de precios al consumo real oficial del año 2011 ha sido del 2,4 por 100, la comisión negociadora acuerda proceder a efectuar la revisión salarial en la diferencia entre el incremento pactado para el año 2011 y el IPC real del citado año, siendo, en...
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