Tablas salariales - Limpieza Viaria Miguel Angel Bodegas Villa, Cantabria

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2011
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2012
Publicado enBoletín Oficial de Cantabria nº 109 de 06/06/2012

Código de Convenio número 39003022012005.

VISTA el acta suscrita por la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo de laempresa "MIGUEL ÁNGEL BODEGAS VILLA", de fecha 12 de enero de 2012, por los que se establecen las tablas salariales correspondientes a los años 2011 (definitiva) y 2012 (provisional);y, de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de los acuerdos yconvenios colectivos de trabajo; y, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996,de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a laComunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunciónde funciones y servicios transferidos, así como el Decreto 9/2011, de 28 de junio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y elDecreto 87/2011, de 7 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de lasConsejerías del Gobierno de Cantabria.

SE ACUERDA:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 21 de mayo de 2012.

La directora general de Trabajo,

Rosa Maria Castrillo Fernández.

CVE-2012-7426

ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE EMPRESA DE LIMPIEZA VIARIA MIGUEL ANGEL BODEGAS VILLA

En Santoña a 12 de enero de 2012, reunidos de una parte por la empresa D. Miguel Ángel Bodegas Villa, por otra larepresentación de los trabajadores D. Antonio Andrés Quintana Lanza y por el sindicato de CC.OO. D. Joaquín Bonet Maza.

En base al artículo 19, apartado "Revisión Salarial" del Convenio Colectivo y teniendo en cuenta que el incremento a cuenta de2011 fue del 2.00% y el IPC resultante a 31/12/2011 fue del 2.40%, se procede abonar el 0.40% con efectos retroactivos a01/01/2011.

Así mismo, según al artículo 19, apartado "Incremento Salarial", se acuerda la subida del 2% provisional para el año 2012. Seadjuntan tanto la tabla definitiva de 2011 como la provisional de 2012.

Que estando de acuerdo las partes, se pasa a firmar ambas tablas para su registro en el Gobierno de Cantabria.

Sin mas temas que tratar, lo que firmamos...

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