Tablas salariales - Thyssenkrupp Elevadores SA, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2012
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2012
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias de 24/08/2012

Visto el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Thyssen Krupp Elevadores, S.A. (antes Thyssen Boetticher, S.A.) (expediente C-34/2011, código 33003612012001), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias el 21 de junio de 2012, en la que se acuerda la aprobación de las Tablas Salariales provisionales para el año 2012 así como la actualización del plus de antigüedad de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, a 7 de agosto de 2012.—El Consejero de Economía y Empleo.—P.D., autorizada en Resolución de 3-07-2012 (publicada en el BOPA núm. 156, de 6-07-2012), el Director General de Trabajo.—Cód. 2012-15056.

ACTA DE REVISIÓN SALARIAL AÑO 2012 PARA EL CONVENIO COLECTIVO DE CENTRO DE TRABAJO THYSSENKRUPP ELEVADORES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Reunidos

En Gijón, siendo las … horas del día … de abril de 2012, previamente convocados al efecto:

De una parte, en representación de la empresa:

• D. Javier Guerrero Marín.

• D. Félix Sánchez Casero.

• D. Jesús Sande Martínez.

• D. Rafael Martínez Menéndez.

Y de otra, en calidad de miembros del comité de empresa:

• D. Manuel Osacar González.

• D. Antonio J. Bernardo Rubio.

• D. Santiago Sánchez Torices.

• D. Diego Jiménez Rey.

• D. José Cano Marmolejo.

Previa deliberación, posterior debate y votación, se acuerda proceder a la revisión salarial del convenio colectivo suscrito por ambas partes, para el año 2012, de acuerdo con los términos siguientes:

  1. —Revisión Salarial 2011.

    Conforme se desprende del art. 20 del Convenio Colectivo de aplicación y una vez...

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