Revisión salarial - Industria de Fabricación de Alimentos Compuestos para Animales, Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2013 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2013 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 286 de 28/11/2012 |
Visto el texto de la revisión salarial para el año 2013 del Convenio colectivo de ámbito nacional para la industria de alimentos compuestos para animales (código de convenio número: 99000275011981) que fue suscrito con fecha 5 de julio de 2012, de una parte por la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT y CC.OO. en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de noviembre de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Año 2013. (Definitiva)
Se asignan al personal de las Industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:
Salario base | Salario base + pagas extras año – Euros | ||
Euros/Día | Euros/Mes | ||
A) Personal Técnico: | |||
1. Titulado Superior | 1.064,25 | 17.027,81 | |
2. Titulado Grado Medio | 1.029,43 | 16.470,96 | |
3. No Titulado | 962,61 | 15.401,63 | |
4. Control de Calidad | 937,47 | 14.999,54 | |
B) Personal Auxiliar de Laboratorio: | |||
1. Auxiliar de Laboratorio | 867,69 | 13.882,95 | |
2. Aspirante de Auxiliar de Laboratorio | 683,77 | 10.940,30 | |
C) Personal de Informática: | |||
1. Jefe de Equipo de Informática | 1.029,43 | 16.470,96 | |
2. Analista | 962,61 | 15.401,63 | |
3. Jefe de Explotación | 945,55 | 15.129,10 | |
4. Programador | 923,07 | 14.769,04 | |
5. Operador | 887,86 | 14.205,86 | |
D) Personal Administrativo: | |||
1. Jefe Administrativo | 1.029,43 | 16.470,96 | |
2. Oficial Administrativo de 1.ª | 962,61 | 15.401,63 | |
3. Oficial |
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