Modificación - Sanidad Privada, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia18 de Marzo de 2013
Fin de Vigencia18 de Marzo de 2013
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 66 de 18/03/2013

Visto el texto del Anexo al I Acuerdo Nacional de Formación Continua para empresas y entidades de sanidad privada (Código de convenio n.º 99100175082012) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 27-12-2012), relativo al Reglamento de funcionamiento de la Comisión Paritaria sectorial de Formación Continua de dicho sector, acuerdo alcanzado el día 14 de febrero de 2013, al amparo del IV Acuerdo Nacional de Formación Continua, y suscrito de una parte por la Federación Nacional de Clínicas Privadas (FNCP), en representación de las empresas del sector, y de otra parte por la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de Comisiones Obreras (FSS-CC.OO.) y la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores (FSP-UGT), en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Reglamento de funcionamiento de la Comisión Paritaria sectorial de Formación Continua del sector de Sanidad Privada en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de febrero de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL DE SANIDAD PRIVADA PARA EL IV ACUERDO NACIONAL DE FORMACIÓN

El presente Reglamento se fundamenta en lo establecido en el artículo 10 del IV Acuerdo Nacional de Formación de 1 de febrero de 2006, firmado por las Organizaciones Empresariales CEOE y CEPYME, y las Organizaciones Sindicales UGT y CC.OO.

En su virtud, la Comisión Paritaria Sectorial de Sanidad Privada, como órgano de administración del acuerdo suscrito el 6 de noviembre de 2012 publicado por resolución de 11 de diciembre de 2012 en el BOE de 27 de diciembre de 2012 acuerda el siguiente Reglamento:

Artículo 1º Sede social.

La Sede social de la Comisión Paritaria Sectorial de Formación Continua del sector de Sanidad Privada se fija en los locales que para tal efecto tenga la Fundación Tripartita.

Artículo 2º Ámbito funcional.

El ámbito funcional de esta Comisión Sectorial de Formación de la Sanidad Privada barca las acciones formativas desarrolladas por las organizaciones sindicales y empresariales con representatividad que se corresponda con los códigos de actividad empresarial (CNAE) 86, actividades sanitarias; 87.1, asistencia en establecimientos residenciales con cuidados sanitarios y 87.2, asistencia en establecimientos residenciales para personas con discapacidad, enfermedad mental y drogodependencia.

Artículo 3º Composición.

La Comisión Paritaria de Formación de Sanidad Privada, con composición paritaria, se compondrá de 8 vocales titulares, de los cuales 4 serán designados por la representación sindical y 4 por la representación empresarial.

La composición de la Comisión Paritaria será la que se detalla a continuación:

Organizaciones empresariales presentes y número de representantes por cada organización:

– Federación Nacional Clínicas Privadas (FNCP), cuatro.

– Federación Sanidad y Sectores Sociosanitarios CC.OO...

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