Acuerdo - Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 2 de Abril de 2013
Fin de Vigencia 2 de Abril de 2013
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 79 de 02/04/2013

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora del XIV Convenio colectivo de la ONCE y su personal (Código de convenio n.º: 90003912011984), que fue suscrito con fecha 25 de enero de 2013, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en su representación y, de otra, por los Sindicatos UGT y CC.OO. en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de marzo de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XIV CONVENIO COLECTIVO DE LA ONCE Y SU PERSONAL

En Madrid, el día 25 de enero de 2013, a las 9:00 horas, en los locales de la Dirección General de la ONCE, c/ Prado, 24, se reúnen las representaciones de la Empresa y de los trabajadores, constituidas en Comisión Negociadora del XIV Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal, formalmente convocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores.

El Consejo General de la ONCE, en su sesión celebrada el 14 de noviembre de 2012, adoptó el Acuerdo CEP.20/2012–3, que regula la realización de un sorteo de producto extraordinario, de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE», a celebrar el 19 de marzo de 2013.

Asimismo el Consejo General de la ONCE, en su sesión celebrada el 11 de diciembre de 2012, adoptó el Acuerdo 4/2012–2.5, que regula la realización de un sorteo de producto extraordinario, de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE», a celebrar el 5 de mayo de 2013.

Se hace preciso pactar la regulación de las condiciones retributivas que rodean a estos dos sorteos extraordinarios, según lo dispuesto en los artículos 45 y 51.1 del XIV Convenio Colectivo.

La ONCE y los sindicatos U.G.T. y Comisiones Obreras adoptan este Acuerdo, con el mismo valor de lo pactado en Convenio Colectivo:

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