Corrección de errores

Inicio de Vigencia16 de Julio de 2011
Fin de Vigencia15 de Julio de 2013
Publicado enBoletín Oficial de las Islas Baleares nº 90 de 27/06/2013

En el Boletín Oficial de las Illes Balears número 108, de 16 de julio de 2011, se publicó la Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo de 4 de julio de 2011 por la que se ordena la inscripción y el depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears y se dispone la publicación oficial del Convenio colectivo de la empresa Ràdio i Televisió de Mallorca, SAU.

En esta Resolución se indica que el código que corresponde al Convenio es el 07003022012011 cuando en realidad le corresponde el 07100022012011.

El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado...

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