Prórroga - Transporte de Viajeros por Carretera, Cantabria

Inicio de Vigencia31 de Julio de 2013
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2013
Publicado enBoletín Oficial de Cantabria nº 145 de 31/07/2013

Visto el acuerdo suscrito en fecha 5 de julio de 2013 suscrito por la comisión negociadoradel convenio colectivo del sector de Transporte de Viajeros por Carretera, suscrito por UPAVISAN y Coordinadora, en representación de la parte empresarial y de USO, SCAT, CC.OO. yUGT, en representación del colectivo de trabajadores afectados; y, que literalmente dice losiguiente:

"Las partes acuerdan que la ultra actividad del presente Convenio del Transporte de Viajeros de Cantabria alcance hasta el 31 de diciembre de 2013, sin que el presente acuerdosuponga renuncia por ninguna de las dos partes a su posición sobre la validez del artículo 4º- párrafo 3º del convenio actual".

De conformidad con el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de los acuerdos yconvenios colectivos de trabajo; y, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996,de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a laComunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunciónde funciones y servicios transferidos, así como el Decreto 9/2011, de 28...

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