Acuerdo - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Septiembre de 2013
Fin de Vigencia31 de Agosto de 2016
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 304 de 20/12/2013

Visto el texto del Acuerdo para apoyar el mantenimiento de empresas y de empleo en el ámbito de los centros de formación profesional de grado superior afectados por la no renovación de conciertos a partir del curso 2013/2014, correspondiente a la Comunidad Autónoma de Madrid remitido por la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, (código de convenio nº 99008725011994) dando cumplimiento a lo previsto en el propio Convenio del sector. Acuerdo que fue suscrito con fecha 24 de julio de 2013, de una parte por las organizaciones empresariales EyG-Madrid, FACEPM, AMEPE-CECE Madrid y UCETAM en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FSIE-Madrid, FE-USO Madrid, FETE-UGT y FREM-CC.OO. en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de diciembre de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO PARA APOYAR EL MANTENIMIENTO DE EMPRESAS Y DE EMPLEO EN EL ÁMBITO DE LOS CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR AFECTADOS POR LA NO RENOVACIÓN DE CONCIERTOS A PARTIR DEL CURSO 2013/2014

  1. Con fecha 19 de febrero de 2013, ha sido publicada la Orden 297/2013, de 8 de febrero, relativa a la renovación de los conciertos educativos y el acceso a los mismos durante el periodo 2013-2017, que en su artículo 1, segundo párrafo, establece la exclusión del régimen de conciertos de las enseñanzas de Formación Profesional Grado Superior.

  2. En fechas inmediatamente posteriores, se mantuvieron reuniones bilaterales entre los responsables de la Consejería de Educación, y los centros educativos de Grado Superior, los representantes empresariales y los representantes sindicales, habiendo manifestado dichos responsables la determinación de suprimir el concierto educativo para las enseñanzas de Grado Superior.

  3. No obstante lo anterior, con fecha 22 de abril de 2013, se publicó en el BOCM la Orden 1274/2013 de 19 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 297/2013, de 8 de febrero, relativa a la renovación de los conciertos educativos y el acceso a los mismos durante el período 2013-2017. En el preámbulo de la dicha Orden, y como causa de la misma se hace constar que «la Consejería de Educación, Juventud y Deporte tiene entre sus objetivos prioritarios la implantación de la formación profesional de grado superior en modalidad dual a partir del próximo curso en los centros que actualmente están concertados, y encontrándose aún pendientes de resolución las solicitudes presentadas por los titulares de los centros al amparo de la Orden 297/2013, de 8 de febrero, se ha considerado oportuno modificar determinados aspectos de dicha Orden» y, como consecuencia, se modifica el segundo párrafo del artículo 1 de la anterior, suprimiendo su segundo párrafo, de forma que las enseñanzas de FP de Grado Superior se incorporan al ámbito de la renovación de conciertos.

    Sin embargo, por manifestaciones verbales del Director General de Becas y Ayudas a la Educación, se ha trasladado a los centros afectados que, pese a la modificación de la Orden de conciertos, no se van a conceder conciertos educativos a las unidades de 1º de los Ciclos Formativos de Grado Superior, sino solamente a las unidades de 2º curso, al objeto de que los alumnos que han iniciado sus estudios bajo el régimen de conciertos, que supone el pago exclusivamente de una cuota de hasta 36 euros mensuales, puedan terminarlo en dicho régimen.

  4. Simultáneamente a lo anterior, la Consejería de Educación ha remitido al Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid un Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de formación profesional de grado superior en la Comunidad de Madrid, y se aprueba la convocatoria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR