Acuerdo - Moncobra SA, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia17 de Enero de 2014
Fin de Vigencia17 de Enero de 2014
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 14 de 17/01/2014

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de noviembre de 2013.-La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número: PCM -0636/2013.

En Madrid, a las nueve y treinta horas del día miércoles 20 de noviembre de 2013.- Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Alonso Muñoz Romero.

Vocal: Don Carlos Jacob Sánchez.

Vocal: Don José María Roncero G. de Bonilla.

Vocal: Doña Rosario Sánchez Diéguez.

Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas. Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha miércoles 16 de octubre de 2013, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Roberto López Díez, en calidad de representante legal. La empresa "Moncobra, Sociedad Anónima", en calidad de empleador, domiciliada en la calle Rufino González, número 23 bis, Madrid.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Juan Antonio de la Fuente del Río, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Pablo Santiago Romero, en calidad de asesor Federación Industria CC OO.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Juan Antonio de la Fuente del Río, como representante legal de los trabajadores

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos: 1. Carencia de incentivos: Se abonará, por día efectivo de trabajo, a todo el personal obrero, incluido el jefe de equipo.

La empresa abonará en la nómina de...

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