Corrección de errores - Reforma Juvenil y Protección de Menores, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia27 de Enero de 2014
Fin de Vigencia27 de Enero de 2014
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 23 de 27/01/2014

Advertidos errores en el II Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Empleo de 13 de noviembre de 2012, en el BOE núm. 285, de 27 de noviembre,

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En el Anexo 2, Tablas salariales para los años 2012, 2013 y 2014, del Grupo profesional 5, que incluye: 1. Auxiliar de servicios generales y 2. Empleado de servicios domésticos, han de ser sustituidas por las siguientes:

TABLAS SALARIALES 2012

2011 + 1 %

Salario base mensual × 14 Complemento específico × 14 Bruto mensual × 14 Bruto anual protección Bruto anual reforma
Grupo Profesional 5
1. Auxiliar de servicios generales 775,68 192,07 967,75 10.859,52 13.548,5
2. Empleado de servicios domésticos 775,68 192,07 967,75 10.859,52 13.548,5
TABLAS SALARIALES 2013

2012 + 1,5 %

Salario base mensual × 14 Complemento específico × 14 Bruto mensual × 14 Bruto anual protección Bruto anual reforma
Grupo Profesional 5
1. Auxiliar de servicios generales 787,31 194,95 982,26 11.022,34 13.751,64
2. Empleado de servicios domésticos 787,31 194,95 982,26 11.022,34 13.751,64
TABLAS SALARIALES 2014

2013 + 2,5 %

Salario base mensual × 14 Complemento específico × 14 Bruto mensual × 14 Bruto anual protección Bruto anual
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