Modificación - Aparcamientos y Garajes, Andalucia
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2011 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2015 |
Publicado en | Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 24 de 05/02/2014 |
Vista el Acta de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de ámbito autonómico de Andalucía para el Sector de Aparcamientos y Garajes 2011-2014 (Cód. 71000592011996), suscrita con fecha 30 de diciembre de 2013, en la que se acuerda la modificación de los artículos 4, 5 y 36 de dicho Convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
RESUELVO
Primero. Ordenar la inscripción, depósito y publicación del citado Acuerdo de modificación en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de enero de 2014.- El Director General, Manuel Gabriel Pérez Marín.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL I CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO AUTONÓMICO DE ANDALUCÍA PARA EL SECTOR DE APARCAMIENTOS Y GARAJES 2011-2014
En representación de la Federación de Servicios a la Ciudadanía CC.OO. de Andalucía:
Francisco Jorge Golfín Salas.
Agustín de la Cruz Serna.
María de la Paz Vargas Martínez.
En representación de la Federación de Transportes Comunicaciones y Mar de UGT de Andalucía:
Manuel Romero García.
Francisco Javier Valdivieso Fontán.
José Romero Vázquez.
En representación de ASEPAN-ASESGA:
Esperanza Toribio García.
José María López Yáñez.
Alejandro Barrio Álvarez.
Baltasara Blanco Gutiérrez.
En la ciudad de Sevilla, siendo las 11:00 horas del día 30 de diciembre de 2013, se reúne la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo Autonómico de Andalucía Aparcamientos y Garajes, con las personas anteriormente reseñadas.
Una vez comenzada la reunión, tras las deliberaciones oportunas y pertinentes de las personas relacionadas en la representación que ostentan, se alcanzan los siguientes acuerdos:
Primero. Los reunidos en la representación que ostentan y por unanimidad hacen constar en esta acta el reconocimiento recíproco de legitimidad para la revisión de este Convenio.
Segundo. La revisión del convenio colectivo en vigor en los siguientes artículos:
Se suprime la redacción actual por la...
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