Prórroga - Fujitsu Technology Solutions SA, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Abril de 2012
Fin de Vigencia31 de Marzo de 2014
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 114 de 10/05/2014

Visto el texto del acta de 8 de julio de 2013 donde se recoge el Acuerdo de prórroga del Convenio colectivo de la empresa Fujitsu Technology Solutions, S.A. (código de convenio n.º 90008212011993), que fue suscrito, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra, por la sección sindical de CC.OO., en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 28 de abril de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

TEXTO DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE FUJITSU TECHNOLOGY SOLUTIONS, S.A.

Cada una de las partes ha expresado su posición ante la situación en la que se encuentra el sector de las empresas de servicios informáticos y, en concreto la Compañía, que se está reflejando en un importante descenso del volumen de facturación y resultados, agravada por la situación económica general. Ante esa situación de incertidumbre económica las partes consideran que la forma más adecuada de contribuir al mantenimiento de un adecuado clima laboral y de claridad sobre la vigencia del marco empresarial de regulación colectiva de las condiciones de trabajo es acordar la prórroga del actual Convenio Colectivo hasta el 31 de marzo de 2014, sin la introducción de ningún tipo de cambio en su contenido.

Por lo que con amparo en lo previsto en el artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores las partes acuerdan prorrogar la vigencia del actual...

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