Acuerdo - Man Truck & Bus Iberia SAU, Comunidad de Madrid
Inicio de Vigencia | 29 de Agosto de 2014 |
Fin de Vigencia | 29 de Agosto de 2014 |
Publicado en | Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 205 de 29/08/2014 |
Vista el Acta de Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General,
RESUELVE
Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 2 de julio 2014.-La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
Expediente número PCM-0430/2014.
En Madrid, a las once y treinta horas del martes 1 de julio de 2014.-Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:
Presidente: Don Clemente de la Casa Díaz.
Vocal: Don Carlos Jacob Sánchez.
Vocal: Don José María Roncero G. de Bonilla.
Vocal: Don Julio Canalda Bobas.
Secretario: Don Antonio Chico Fernández. Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación registrada en la sede del Instituto con fecha 30 de mayo de 2014, para conocer del expediente citado.
De una parte, constan como citados y comparecen:
Don Patrick Goetz, en calidad de representante legal. Don Jorge Sarazá Granados, en calidad de asesor jurídico. La empresa "Man Truck & Bus Iberia, Sociedad Anónima Unipersonal", domiciliada en avenida de la Cañada, número 52, Coslada.
De otra parte, constan como citados y comparecen:
Doña Concepción Martín Zarza, en calidad de representante del comité de empresa. Doña Ana Oller Alarcón, en calidad de representante de Federación de Industria de CC OO.
Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la representante del comité de empresa y por la Federación de Industria de CC OO de Madrid
ABIERTO EL ACTO
La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.
Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.
Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de
CON AVENENCIA
En los siguientes términos: 1. La Dirección de la compañía y los representantes de los trabajadores acuerdan que, como mejora de lo establecido en el convenio colectivo de aplicación, la jornada anual laboral será siempre de 1.740 horas de trabajo efectivo a partir del año 2014 y en los años sucesivos, salvo pacto en contrario de...
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