Revisión salarial - Escudo Servicios Generales, S.L., Galicia

Inicio de Vigencia 5 de Junio de 2003
Fin de Vigencia 5 de Mayo de 2003
Publicado enDiario Oficial de Galicia de 05/06/03

Resolución de 5 de mayo de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial y otros aspectos del convenio colectivo de la empresa Escudo Servicios Generales, S.L.

Visto el expediente de revisión salarial y otros aspectos del convenio colectivo de la empresa Escudo Servicios Generales, S.L. que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 4-4-2003, suscrito en representación de la parte económica por la empresa, y de la parte social, por los delegados de personal el día 25-3-2003, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial, ACUERDA

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora. Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Tercero.-Disponer su publicación en el DOG. A Coruña, 5 de mayo de 2003. Elisa Madarro González Delegada provincial de A Coruña Acta nº 1. En A Coruña, siendo las 18.00 horas del día 25 de marzo de 2003, se reúnen en el domicilio social de la entidad Escudo Servicios Generales, S.L., de una parte, Juan Antonio Quiroga Lage, en condición de administrador solidario, así como los delegados de personal de la empresa, Javier Sánchez Sánchez (UGT), Guzmán Carreiro Mantiñán (UGT) y José Manuel Blanco Neira (CC.OO.), para tratar la revisión salarial y otros aspectos referidos al año 2003. ACUERDAN

  1. Incrementar las horas extraordinarias en un 14,25%, quedando su cuantía fijada en 4,81 euros por hora. 2. Incrementar las horas nocturnas en un 25%, quedando su cuantía fijada en 0.60 euros por hora. 3. Las vacaciones pasan a ser de 31 días naturales. 4. Se efectúa una mejora voluntaria de la acción protectora del régimen general de la Seguridad Social, por parte de la empresa, completando la...

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