Revisión salarial - Mantenimiento y Montajes Industriales SA (MASA), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2001
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2002
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 104 de 01/05/02

Visto el texto de la Revisión Salarial del XVI Convenio Colectivo de la empresa «Mantenimiento y Montajes Industriales, Sociedad Anónima» (código de Convenio número 9003272), que fue suscrito con fecha 15 de febrero de 2002, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa para su representación y, de otra, por el Comité de Empresa y Delegados de Personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado,

Madrid, 9 de abril de 2002.

La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Representantes de los trabajadores:

Don Carlos Pie Pena. Don Enrique López Tena. Don Francisco Sanz Solano. Don Gonzalo González Terán. Don Herminio Herrero Calle. Don Javier Ribé Masip. Don José A. Miguel Ríos. Don José López Maldonado. Don José Martínez Lorenzo.

Representación empresarial:

Don Jerónimo Hernández Aponte. Don Lisardo Fernández Villa. Don Luis Moros Coscolín. Don Manuel Brenes Bermúdez. Don Manuel Pila Torres.

En Barcelona, siendo las trece horas del 15 de febrero de 2002, se reúnen, en las dependencias de la empresa, los miembros integrantes de la Mesa Negociadora del XVI Convenio Colectivo Interprovincial de la empresa «Mantenimiento y Montajes Industriales, Sociedad Anónima» y llegan a los siguientes acuerdos:

MANIFIESTAN

Que analizado el XVI Convenio Colectivo de la empresa «Mantenimiento y Montajes Industriales, Sociedad Anónima», se han observado errores en su transcripción.

Que es voluntad de las partes facilitar la confección y entendimiento de la nómina, por lo que:

ACUERDAN

Primero. El artículo 17 queda redactado de la siguiente forma:

«Artículo 17. Fiestas.

Se considerarán días festivos los que rijan según el calendario laboral de la provincia en donde preste el servicio el personal.

Cualquier otra fiesta no especificada en el citado calendario, si procede, se estudiará un sistema de recuperación, tan pronto se tenga conocimiento de la misma. Si en el...

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