Revisión salarial - Thyssen Boetticher, Sociedad Anónima, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 9 de Mayo de 2001
Fin de Vigencia 9 de Mayo de 2001
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 111 de 09/05/01

Visto el texto de la revisión salarial y de jornada del Convenio Colectivo de la empresa ¿Thyssen Boetticher, Sociedad Anónima¿ (código de Convenio número 9005892) que fue suscrita con fecha 23 de febrero de 2001, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa para su representación, y de otra, por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo.

Esta Dirección General resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el ¿Boletín Oficial del Estado¿.

Madrid, 17 de abril de 2001.

La Directora general,

Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE REVISIÓN DEL CONVENIO DE ¿THYSSEN BOETTICHEB,

SOCIEDAD ANÓNIMA¿, PARA MADRID Y VALENCIA, APLICABLE

PARA EL AÑO 2001

En Madrid a 23 de febrero de 2001,

Reunidos,

De una parte, en representación de la empresa:

Don Juan Ángel Lozano García.

Don Rafael Herrero Pablos.

Y de otra, el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores:

Don Antonio Muñoz Hernández. Don José Luis Manzano Fernández. Don José Luis Escobar Esteban. Don Francisco Jiménez Casado. Don Francisco Lourido de la Rosa. Don José Luis Sanz Martí. Don Rafael Pérez Ramos. Don Casimiro Murillo Esquinas.

Acuerdan proceder a la revisión salarial del Convenio suscrito por ambas parte, para los años 2000, 2001 y 2002, de acuerdo con los términos previstos en el mismo y con arreglo a los siguientes puntos:

  1. Revisión salarial 2001.

    Según lo previsto en la disposición final primera del Convenio Colectivo vigente y, una vez actualizadas las tablas salariales del año 2000, con la cláusula de revisión pactada, estas se incrementarán con el IPC real del año 2001, más siete décimas de punto, tomando como referencia, en principio, el 2 por 100 previsto más 0,7 décima de punto (2,00+0,7=2,7 por 100). (Se adjuntan tablas salariales de los centros de Madrid y Valencia).

  2. Vacaciones anuales delegación.

    Madrid: Las cantidades reflejadas en los puntos 7.6 y 7.8 del artículo 7, pasarán a 10.784 pesetas, respectivamente, para cada uno de ellos.

    Valencia: Asimismo, la cantidad establecida en el artículo S, punto 8.2 (último párrafo), será de 29.372 pesetas/año.

  3. Primas e incentivos (Madrid Valencia).

    Se adjuntan tablas.

  4. Antigüedad.

    Con independencia de los quinquenios (Madrid) y cuatrienios (Valencia), se abonará la cantidad de 242 pesetas por cada quinquenio/cuatrienio.

  5. Complemento pagas extraordinarias (solamente Operarios).

    Madrid: 21.523 pesetas (junio + diciembre en fábrica).

    Valencia: 9.401 pesetas (junio y diciembre).

  6. Gratificación beneficios:

    Según lo previsto en el artículo 20 (párrafo 4) del Convenio Colectivo, el porcentaje a repartir será el 6,5 por 100 sobre los beneficios netos.

  7. Pluses de turnicidad, nocturnidad y relevo.

    Madrid:

    Turno de tarde: 1.299 pesetas.

    Turno de noche: 3.346 pesetas.

    Turno de relevo: 1.333 pesetas.

    Valencia:

    Turno de tarde: 840 pesetas.

    Turno de noche (personal P. V.): 4.206 pesetas.

  8. Pluses tóxico, penoso o peligroso.

    Se adjuntan tablas.

  9. Primas de asistencia y puntualidad (Madrid y Valencia).

    Esta cantidad pasará a 2.332 pesetas/mes (once meses).

  10. Plus distancia (Valencia).

    Se abonará a razón de 36,41 pesetas/kilómetro.

  11. Jornadas especiales.

    Madrid:

    Jornada laboral sábados: 4.549 pesetas.

    Horario veinticuatro horas (noches de veintidós horas a...): 566.531 pesetas/año.

    Horario CC veinticuatro horas, mañanas, tardes: 325.000 pesetas/año.

    Horario CC veinticuatro horas, tardes, noches ...: 580 pesetas/año.

    Jornada sábados, domingos y festivos: 4.549 pesetas/día (por cada uno de ellos).

    Valencia:

    Jornada laboral de sábados: 6.526 pesetas (por cada uno de ellos).

    Jornada laboral veinticuatro horas: 621.906 pesetas/año (56.537 pesetas/mes).

    Jornada laboral partida: 3.214 pesetas a 4.827 pesetas por desplazamientos entre sectores.

  12. Ayuda vehículo:

    Madrid: 21.057 pesetas más gasolina.

    Valencia: 21.056 pesetas, más la cantidad de 12.933 pesetas, en concepto de gasolina (21.057 pesetas + 12.933 = 33.990.

  13. Ayuda vehículo de empresa (Madrid y Valencia).

    Se abonará en el concepto de complemento personal a razón de 6.377 pesetas/mes, por 14 pagas.

  14. Pequeños materiales...

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