Acuerdo - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 3 de Mayo de 2002
Fin de Vigencia10 de Enero de 2002
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 104 de 03/05/02

ACUERDO de 10 de enero de 2002, entre la Consejería de Educación y las organizaciones empresariales y sindicales de la enseñanza privada concertada de la Comunidad de Madrid, para la financiación y aplicación, en su ámbito de gestión, de determinadas mejoras económicas al profesorado, contenidas en el IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

En Madrid, a 10 de enero de 2002,

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor Consejero de Educación, don Carlos Mayor Oreja.

De otra, las personas reseñadas a continuación en nombre y representación de las organizaciones respectivas:

Por Educación y Gestión

Don Ismael Cuesta Modinos.

Por FACEPM

Don Jseús Sanz Siller.

Por FSIE

Don José María Rodríguez Rodríguez.

Por USO

Doña Concepción Iniesta García.

Por FETE-UGT

Don José Vicente Mata Montejo.

Por CC OO

Don Francisco García Suárez.

EXPONEN

Que con fecha 17 de octubre de 2000 se publicó en el "Boletín Oficial del Estado" el IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

El texto de este IV Convenio presenta novedades respecto del anterior, el III Convenio Colectivo de Empresas sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" el 8 de octubre de 1997.

Entre otras mejoras, el nuevo Convenio crea una paga de antigüedad en el centro, modifica el estatus de los orientadores y establece en sus tablas salariales determinados incrementos tanto generales como en los complementos retributivos correspondientes a los cargos directivos en él incluidos.

El conjunto de dichas mejoras superan la capacidad económica de los centros concertados, constituidos como entidades sin ánimo de lucro.

Mediante el presente Acuerdo se pretende, por tanto, financiar parte del pago de los beneficios mencionados, en el tiempo y forma que mejor se adapten a las disponibilidades de los recursos presupuestarios de la Comunidad de Madrid.

Por todo lo anterior, con objeto de fijar un calendario para el abono de las mejoras anteriores y a propuesta de las Organizaciones empresariales y sindicales negociadoras o firmantes del IV Convenio Colectivo con representación en la Comunidad de Madrid, la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid adopta con dichas organizaciones el siguiente

ACUERDO

Primero

  1. La Consejería de Educación se compromete a financiar la paga extraordinaria por antigüedad en la empresa...

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