Revisión salarial - Derivados del Cemento, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 8 de Marzo de 1999
Fin de Vigencia16 de Febrero de 1999
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 57 de 08/03/99

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 1999, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial para 1999 del Convenio Colectivo General de Derivados del Cemento.

Visto el texto de la revisión salarial para 1999 del Convenio Colectivo General de Derivados del Cemento, publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' de 27 de agosto de 1996 (Código de Convenio número 9910355), que fue suscrito con fecha 25 de enero de 1999, por la Comisión Mixta Paritaria de Interpretación del Convenio, en la que están integradas las organizaciones empresariales FEDECE, ANEFHOP Y AFACC y las sindicales MCA-UGT y FECOMA-CCOO, en representación de las partes empresarial y trabajadora y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo,

Esta Dirección General resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 16 de febrero de 1999.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE REVISIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE DERIVADOS DEL CEMENTO

Asistentes:

Por la representación empresarial:

Don Rafael Berzosa Hoyos.

Don José Culubret Coll.

Don Tomás López García.

Don Francisco Javier Martínez de Eulate.

Don Manuel Vigo Giraldo.

Por la representación sindical:

Don Saturnino Gil Serrano (MCA-UGT).

Don Mateo Gómez Gallego (MCA-UGT).

Don Antonio Garde Piñera (FECOMA-CCOO).

Don José Luis López Pérez (FECOMA-CCOO).

En Madrid, siendo las once horas del día 25 de enero de 1999, reunidos los señores anteriormente relacionados, todos ellos miembros de la Comisión Mixta Paritaria de Interpretación del Convenio General de ámbito Nacional de Derivados del Cemento, según lo establecido en el artículo 16.1.e) en los locales de FEDECE, calle Príncipe de Vergara, 211, de Madrid, proceden en base al artículo 4 del Acuerdo Económico Sectorial Estatal de Derivados del Cemento para los años 1998, 1999 y 2000 a revisar el anexo del referido Convenio General, quedando dicho anexo para el año 1999, como sigue:

ANEXO

Cuadro de renumeraciones económicas mínimas...

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