Complementos salariales - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia11 de Octubre de 2002
Fin de Vigencia27 de Septiembre de 2002
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 244 de 11/10/02

RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Acuerdo sobre complementos salariales, correspondientes al ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Cantabria remitida por la Comisión Paritaria del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos dando cumplimiento a lo establecido en la disposición adicional sexta del citado Convenio.

Visto el texto del Acuerdo sobre complementos salariales, correspondientes al ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Cantabria remitida por la Comisión Paritaria del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos dando cumplimiento a lo establecido en la disposición adicional sexta del citado Convenio ('Boletín Oficial del Estado' de 17 de octubre de 2000) (código convenio número 9908725) acuerdo suscrito el 29 de mayo de 2002, de una parte, por las organizaciones empresariales CECE y Educación y Gestión en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales FSIE y USO y la adhesión de UGT en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 27 de septiembre de 2002.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACUERDO SUSCRITO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD Y LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES Y SINDICALES DEL SECTOR DE LA ENSEÑANZA PRIVADA CONCERTADA PARA LA REVISIÓN DE LAS DOTACIONES DE LOS CENTROS CONCERTADOS Y SOBRE OTROS ASPECTOS RELATIVOS AL PROFESORADO

La Consejería de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria, acuerda con las organizaciones sindicales y patronales firmantes las siguientes medidas aplicables al sector de la enseñanza privada concertada:

Primero. Propuesta de plantilla.--Una de las principales medidas encaminadas a favorecer la calidad de la enseñanza será la adopción de criterios de racionalización de la ratio profesor/unidad, por tanto, se señalan a continuación las ratios de referencia profesor/unidad para su implantación progresiva y con el fin de asegurar la creación de puestos de trabajo para posibilitar la recolocación del profesorado de pago delegado cuyo contrato se extinga como consecuencia de la modificación de unidades concertadas. Así pues, este incremento de ratio se producirá únicamente en aquellos centros que recoloquen profesorado procedente del censo de profesores afectados por la reducción de unidades concertadas, siempre que reúnan los requisittos de titulación necesarios para las áreas a cubrir.

Centros hasta 9 unidades Centros de 10 a 15 unidades Centros de 16 a 21 unidades Nivel

Infantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1/1 1/1 1/1

Primaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1/1,21 1/1,24 1/1,30

Centros con 1 línea Nivel Centros con 2 líneas Centros con 3 líneas

E. Especial Básica . . . . . . . . . . . . . . 1/1 1/1 1/1

A. Tareas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1/2 1/2 1/2

ERSO-1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1/1,28 1/1,32 1/1,40

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