Corrección de errores - Centros de Asistencia, Atención Diagnóstico, Rehabilitación y Promoción de Minusválidos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia13 de Junio de 1997
Fin de Vigencia26 de Mayo de 1997
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 0141 de 13/06/97

Vista la Resolución de esta Dirección General de Trabajo, de fecha 1 de abril de 1997, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio Colectivo de Centros de Asistencia, Atención, Diagnósticos, Rehabilitación y Promoción de Minusválidos, publicación que se realizó en el «Boletín Oficial del Estado», de fecha 21 de abril de 1997; Resultando que se han detectado errores en la publicación oficial del texto del citado Convenio;

Considerando que esta Dirección General es competente para proceder a la rectificación de la Resolución de inscripción y publicación del texto del Convenio Colectivo que nos ocupa, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y demás normas de general aplicación.

Esta Dirección General acuerda realizar la oportuna publicación de los citados errores:

  1. En el artículo 60, línea tercera, sustituir efectos por afectados.

  2. En el primer anexo V añadir encima de centros de Educación Especial concertados: Tablas salariales 1996.

    Añadir al final de las tablas de este anexo el siguiente texto: El sueldo para todas las categorías del personal complementario, que presta servicios en...

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