Revisión salarial - Aeropuertos españoles y Navegacion aerea (AENA), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia15 de Noviembre de 1995
Fin de Vigencia24 de Octubre de 1995
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 0273 de 15/11/95

Visto el texto de la revisión salarial para el año 1995 del Convenio Colectivo del ente público «Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea» (código de Convenio número 9000112), que fue suscrito con fecha 12 de julio de 1995, de una parte por los designados por el ente público en representación del mismo, y de otra por CC.OO., UGT y USO en representación del colectivo laboral afectado, al que se acompaña informe favorable emitidos por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 41/1994, de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 1995, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo acuerda: Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre a la ejecución de dicha revisión salarial.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de octubre de 1995.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACUERDO DE COMISION NEGOCIADORA, SOBRE REVISION SALARIAL PARA EL AÑO 1995, DEL I CONVENIO COLECTIVO DE AENA

Por Aena:

Don J. Jorge del Castillo Pérez.

Don Pablo Fernández García.

Don Carlos M. Pérez País.

Don Florentino Sánchez García.

Don Tomás Mora Calvo.

Por la representación sindical

Por CC.OO.:

Don José L. García Carrasco.

Doña Josefa López Agudín.

Don Bautista Blasco Martínez.

Don Luciano Pérez Sánchez.

Don César Revuelta Blasco.

Don José M. González de Audicana Mena.

Por UGT:

Don José Alonso Fabra.

Don Francisco Abadías Fantova.

Don Ricardo Fombuena Mansanet.

Don Carlos Matesanz Blaya.

Don Enrique Rojo Cima.

Don Emilio Quintana Carrizosa.

Por USO:

Don Luis Moutón Asenjo.

Don Raimundo Ecija Doblas.

Don Hilario Solórzano Solórzano.

En Madrid a 12 de julio de 1995, en la sede del ente público Aena, sita en Arturo Soria, 109, se reúnen las personas que al margen se relacionan, en representación del ente público Aena, y de las organizaciones sindicales, en representación de los trabajadores afectados, previamente convocadas.

Como continuación de las reuniones celebradas con la finalidad de llevar a cabo la negociación colectiva correspondiente al año 1995, se adoptan los siguientes acuerdos:

  1. Revisión salarial para 1995

    Primero.-Con efectos del 1 de enero de 1995, los conceptos retributivos que a continuación se indican experimentarán un incremento del 3,5 por 100.

    Salario base nivel.

    Complemento de nivel.

    Complemento de antigüedad (trienios nuevos).

    Complemento de nocturnidad.

    Complemento de disponibilidad horaria genérica.

    Complemento de residencia (Melilla).

    Premios de permanencia.

    Plus distancia (Tenerife sur).

    Las cuantías correspondientes a cualquier otro concepto retributivo no indicado anteriormente continuarán con sus valores vigentes en 1994, con excepción del complemento compensable, regulado en el artículo 93 del I Convenio...

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