Corrección de errores - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia13 de Noviembre de 1997
Fin de Vigencia13 de Noviembre de 1997
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 0272 de 13/11/97

Advertidos errores en el texto de la Resolución de 24 de septiembre de 1997, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del III Convenio Colectivo de las Empresas de Enseñanza Privada Sostenida Total o Parcialmente con Fondos Públicos, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 241, de fecha 8 de octubre de 1997, páginas 29330 a 29349, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones: En el artículo 59 del Convenio Colectivo en el renglón tercero del apartado primero, sobra la conjunción «y», entre las palabras «necesario» y «hasta».

En el artículo 69, en el último renglón, debe hacerse constar «artículo 40-1».

En el artículo 70, en el último renglón del apartado d) del número 3, debe hacerse constar «artículo 40-1».

En el artículo 70, en el primer renglón del apartado b) del número 4, sobra «Educación General Básica».

En la disposición adicional séptima, en el primer renglón, hay que sustituir la conjunción «que», entre las palabras «educativas» e «impartan», por «donde se» y suprimir el artículo «los», anterior a la palabra «niveles».

En el apartado B) del anexo I, en la categoría 1.B.3, en el segundo renglón, hay que incluir después de «Educación General Básica», «de Primaria».

En el anexo V, se ha omitido la última página del Convenio, que contiene el Plus de Residencia e Insularidad del Personal no docente, ramas 2.2., 2.3 y 2.4 de Baleares, que se publica a continuación.

2.2 Personal Administrativo

Código /...

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