Revisión salarial - Cajas y Entidades Financieras de Ahorro, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2002
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2002
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 66 de 18/03/03

RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorros.

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorros (publicado en el BOE de 1-9-2001) (Código de Convenio n.o 9900785), que fue suscrito con fecha 31 de enero de 2003, por la Comisión Mixta Interpretativa en la que están integradas la Organización Empresarial, Asociación de Cajas de Ahorros para Relaciones Laborales y las Sindicales COMFIA-CC.OO., FES-UGT y CSICA firmantes del Convenio, en representación de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 18 de febrero de 2003.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

TABLA SALARIAL C. C. DE LAS CAJAS DE AHORROS

Año 2002

(Doce mensualidades)

Incremento IPC 2002, 4 por 100

Categorías A

Jefe de Primera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.796,69

Jefe de Segunda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.439,39

Jefe de Tercera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.576,02

Jefe de Cuarta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.260,95

Jefe de Quinta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.267,29

Jefe de Cuarta 'A' . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.752,64

Jefe de Cuarta 'B' . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.260,95

Jefe...

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