Acuerdo - Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 9 de Marzo de 2001
Fin de Vigencia 9 de Marzo de 2001
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 121 de 21/05/01

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora del X Convenio Colectivo de la ONCE y su personal (código de Convenio número 9.003.912), referente al ejercicio y condiciones de la venta del cupón "Sorteos Extraordinarios 2001" que fue suscrito con fecha 9 de marzo de 2001, de una parte, por los designados por la empresa para su representación, y, de otra, por la Sección Sindical de UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el ¿Boletín Oficial del Estado¿.

Madrid, 26 de abril de 2001.

La Directora general,

Soledad Córdova Garrido.

Acuerdo de la Comisión Negociadora del X Convenio Colectivo de la ONCE y su personal.

En Madrid, a 9 de marzo de 2001, en los locales de la Dirección General de la ONCE, calle Prado, número 24, se reúnen las representaciones de la entidad y de los trabajadores, constituidas en Comisión Negociadora del X Convenio Colectivo de la ONCE y su personal, formalmente convocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores.

La Comisión Permanente del Consejo General de la ONCE, en su Cuarta Sesión Extraordinaria, celebrada el 9 de febrero de 2001, acordó la realización de un Sorteo Extraordinario con fecha 9 de junio de este año, facultando al Director general para que dicte las correspondientes instrucciones de desarrollo. Asimismo, el Pleno del Consejo General, en su Primera Sesión Ordinaria, celebrada el 27 de febrero de 2001, acordó la realización de otro sorteo extraordinario con fecha 15 de agosto, facultando, asimismo, al Director general en el sentido arriba indicado. Se hace preciso pactar, con la representación legal de los trabajadores, la regulación de las condiciones laborales que rodearán a estos dos sorteos extraordinarios.

La ONCE y UGT adoptan el siguiente Acuerdo, con el mismo valor de lo pactado en Convenio Colectivo:

"Ejercicio y condiciones de la venta del cupón "Sorteos Extraordinarios 2001".

  1. La venta del cupón para...

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