Complementos salariales - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia30 de Junio de 2003
Fin de Vigencia11 de Junio de 2003
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 155 de 30/06/03

RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2003, de la Dirección General de Trabajo por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de los Acuerdos sobre complementos salariales correspondientes a las Comunidades Autónomas de Aragón y Madrid remitidos por la Comisión Paritaria del IV Convenio Colectivo de empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, dando cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional sexta del citado Convenio.

Visto el texto de los Acuerdos sobre complementos salariales correspondientes a las Comunidades Autónomas de Aragón y Madrid remitidos por la Comisión Paritaria del IV Convenio Colectivo de empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, dando cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional sexta del citado Convenio (publicado en el BOE de 17-10-2002) (Cód. Convenio n.o 9908725), que fueron suscritos respectivamente el 2 y 21 de mayo de 2003 de una parte por E y G y CECE de Aragón el primero de ellos; y E y G y FACEPM de Madrid el segundo en representación de las empresas del sector, y de otra por las Centrales Sindicales FSIE, UGT, USO y CC.OO. de Aragón el primero, y FSIE, USO, FETE-UGT y FE de CC.OO. de Madrid el segundo en representación de los trabajadores del sector y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 11 de junio de 2003.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACUERDO ENTRE LAS ORGANIZACIONES PATRONALES Y SINDICALES MÁS REPRESENTATIVAS DE LA ENSEÑANZA CONCERTADA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

En Zaragoza, siendo las 13 h. del día 2 de mayo de 2003, reunidas las personas citadas a continuación, en nombre de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la enseñanza privada concertada de la Comunidad Autónoma de Aragón, incluidas en el ámbito del IV Convenio Colectivo de Empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos:

Por las organizaciones empresariales EyG-Aragón, Doña María Ángeles Zaldívar Gaya; por CECE-Aragón, D. José María Marín Velázquez;

Por las organizaciones sindicales FSIE-Aragón, D. Jesús Pueyo Val; por UGT-Aragón, D. Santiago Guallar Rodrigo; por USO-Aragón, D. Joaquín Anoro Asensio; por CC.OO.-Aragón, D. José Ramón Sabater Quílez.

MANIFIESTAN

Primero.-Que con fecha 29 de abril de 2003, el Departamento de Educación y Ciencia de la Diputación General de Aragón ha suscrito con las mencionadas organizaciones empresariales y sindicales, en el marco de la Mesa Sectorial el siguiente acuerdo retributivo que se reproduce en su integridad:

ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DE LA ENSEÑANZA PRIVADA CONCERTADA SOBRE INCREMENTO SALARIAL DEL AÑO 2003 PARA LOS PROFESORES DE LOS NIVELES CONCERTADOS

Reunida la Mesa Sectorial de la Enseñanza Privada Concertada, en fecha 29 de abril de 2003, con la presencia de todas las partes que la componen,

CONSIDERANDO

Primero.--Que en la Ley de Presupuestos Generales del Estado figura para el año 2003 un incremento de los módulos económicos de gastos de personal y variables del 2 por 100.

Segundo.--Que en reunión de la Mesa de la Función Pública, celebrada el día 13 de febrero de 2003, se llegó a un acuerdo retributivo para el año 2003, para los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, que supone un incremento del 1 por 100 a añadir al establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2003.

En base con lo anterior, y con el objetivo de establecer una mejora salarial a los profesores de la enseñanza concertada, a añadir al 2 por 100 fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se

ACUERDA

Primero.--Para los profesores de la enseñanza concertada, se fija un incremento salarial, a añadir al 2 por 100 que se...

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