Revisión salarial - Artes Gráficas, Manipulados de Papel, Manipulados de Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Mayo de 1991
Fin de Vigencia30 de Abril de 1992
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 0022 de 26/01/93

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo del sector del Ciclo de Comercio de Papel y Artes Gráficas, que fue suscrito con fecha 9 de septiembre de 1992, de una parte por la Comisión Mixta del Convenio Colectivo, en representación de los trabajadores y las Empresas del Sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,

Esta Dirección General acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial de dicho Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el .

Madrid, 21 de diciembre de 1992.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA REUNION DE LA COMISION MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE TRABAJO PARA EL CICLO DE COMERCIO DEL PAPEL Y ARTES GRAFICAS, CELEBRADA EL DIA 30 DE SEPTIEMBRE DE 1992

Asistentes: Representación de los Trabajadores: CC.OO., UGT.

Representación de los empresarios: ANEPOE, FANDE, CEGAL, Asociación Nacional de Almacenistas de Papel y Cartón.

En Madrid, a las diecisiete horas del día 30 de septiembre de 1992, se reúnen, previa convocatoria, y en el domicilio de la Comisión Mixta del Convenio Colectivo Nacional del Ciclo de Comercio del Papel y Artes Gráficas, calle Villalar, número 6, los representantes de los trabajadores y de los empresarios anteriormente reseñados, actuando como Secretario de actas don Julio Crespo Esteban.

El único asunto a tratar en esta reunión es la firma por ambas partes de las tablas para el período del 1 de mayo de 1991 al 30 de abril de 1992 (artículo 8.2.1, párrafo segundo del Convenio firmado el 12 de marzo de 1991).

Abierta la sesión, las partes exponen sus diferentes puntos de vista y llegan al acuerdo de la firma de las tablas salariales para el mencionado período.

TABLA SALARIAL

1 de mayo de 1991 a 30 de abril de 1992

/ Salario base - Total anual / Plus lineal - Total anual /

Grupo I

Personal técnico titulado:

Titulado grado superior / 1.708.736 / 60.000 /

Titulado grado medio / 1.452.139 / 60.000 /

Ayudante Técnico Sanitario / 1.152.817 / 60.000 /

Grupo II

Personal mercantil técnico no titulado:

Director / 1.734.337 / 60.000 /

Jefe de División / 1.627.448 / 60.000 /

Jefe de Personal / 1.452.187 / 60.000 /

Jefe de Compras /...

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