Revisión salarial - Industrias Elaboradoras del Arroz, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 1999
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 1999
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 100 de 26/04/00

RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la Industria de Elaboradores del Arroz.

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la Industria de Elaboradores del Arroz (código de Convenio número 9900335), que fue suscrito con fecha 15 de febrero de 2000, de una parte, por los designados por PYMEV-UNIADE y ANFA, en representación de las empresas del sector, y de otra, por CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial del Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 5 de abril de 2000.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Tablas salariales vigentes desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 1999

Valor euro: 166,386

Salario pesetas Salario euros

Plus Convenio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 651 por día trabajado 3,91

Plus transporte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 267 por día trabajado 1,60

Dietas:

Completa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 894 5,37

Media . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 447 2,69

Plus cuarto turno . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.175 semanales 31,10

Jubilación voluntaria:

60 años = 437.023 pesetas (2.626,56 euros).

61 años = 393.321 pesetas (2.363,91 euros).

62 años = 349.619 pesetas (2.101,25 euros).

63 años = 305.916 pesetas (1.838,59 euros).

64 años = 262.222 pesetas (1.575,99 euros).

Categorías Salario pesetas Salario euros

Salario mensual

Personal técnico:

Jefe de Sección . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 110.664 665,10

Oficial 1.a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 104.290 626,80

Oficial 2.a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101.012 607,09

Auxiliar administrativo...

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