Corrección de errores - Industrias Extractivas de Vidrio y Cerámica y para el Comercio Exclusivista de los mismos materiales, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 4 de Febrero de 1994
Fin de Vigencia 4 de Febrero de 1994
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 0030 de 04/02/94

Vista la Resolución de esta Dirección General de Trabajo, de fecha 21 de julio de 1993, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación en el del Convenio Colectivo para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias de la Cerámica y para las del Comercio de Venta al Por Mayor y Exclusivistas de los mismos materiales, número de código 9902045, publicación que se realizó en el número 199, de 20 de agosto de 1993; Resultando que en la publicación oficial del texto del Convenio Colectivo de referencia, se han observado errores en parte del mismo;

Considerando que esta Dirección General es competente para proceder a la rectificación de la resolución de inscripción y registro del Convenio Colectivo que nos ocupa, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, en relación con el artículo 90.2 y 3 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores y demás normas de general aplicación, Esta Dirección General acuerda disponer la publicación en el de la corrección de errores en el texto del Convenio Colectivo para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias de la Cerámica y para el Comercio de Venta al Por Mayor y Exclusivista de los mismos materiales publicado en el .

Madrid, 21 de enero de 1994.-La Directora...

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