Revisión salarial - Comercio de Distribuidores de Especialidades y Productos Farmacéuticos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia28 de Abril de 1997
Fin de Vigencia10 de Abril de 1997
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 101 de 28/04/1997

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo Nacional para el «Comercio de Distribuidores de Especialidades y Productos Farmacéuticos» (Código de Convenio número 9901115), que fue suscrito con fecha 4 de marzo de 1997, de una parte, por FEDIPAR y ASECOFARMA, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por UGT, CC.OO. y USO, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de abril de 1997.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO

NACIONAL DE DISTRIBUCIÓN FARMACÉUTICA

Representación empresarial: Don Francisco Carranza Campillo, don Antonio Peleteiro Varela y don Carmelo Isaac Tobía Galilea.

Representación social: Don Juan Ramón Maese Pérez (CC.OO.), don Luis Miguel Jiménez Cano (USO) y don Ricardo Acuña Florido (UGT).

Asesores de la patronal: Don Urbano Bernabé Vicente, don Alfonso Erasun Pellón, don Enrique Conejo Díaz y don Rodrigo Martínez Escuín.

Asesores de la parte social: Don Francisco Martín Carmona (UGT), don José Luis Tabernero Martínez (CC.OO.), don Manuel Martínez Lázaro (CC.OO.), don Juan Ramón Maese Pérez (CC.OO.) y don José María Sanz Nicolás (CC.OO.).

En Madrid, siendo las once horas del día 4 de marzo de 1997, se reúnen en la sede de ASECOFARMA, la Comisión Mixta del Convenio Nacional para el Comercio de Distribuidores de Especialidades y Productos Farmacéuticos», integrada por las representaciones antes reseñadas y previa convocatoria realizada al efecto, acuerdan:

Primero.-Que en cumplimiento de lo establecido en el acta de fecha 19 de septiembre de 1996, proceder a la actualización de las tablas salariales para el año 1997, consistente en la aplicación del 2,6 por 100 (IPC previsto para el año 1997 por el Gobierno) de incremento sobre los salarios vigentes a 31 de diciembre de 1996, cuyo resultante son las tablas...

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