Convenio colectivo - Construcció i Obres Públiques, Barcelona

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2001
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2001
Publicado enDiari Oficial de la Generalitat de Catalunya nº 3724 de 20/09/2002

RESOLUCIÓN

TRE/2462/2002, de 29 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del acuerdo de revisión de IPC del Convenio colectivo de trabajo de la industria de la construcción y obras públicas de la provincia de Barcelona para el año 2001 (código de convenio núm. 0801065).

Visto el acuerdo de revisión de IPC del Convenio colectivo de trabajo de la industria de la construcción y obras públicas de la provincia de Barcelona, suscrito por la Federación de Entidades Empresariales de la Construcción, CCOO y UGT el día 30 de abril de 2002, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.b) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el artículo 11.2 de la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas de aplicación,

Resuelvo:

-1 Disponer la inscripción del acuerdo de revisión de IPC del Convenio colectivo de la industria de la construcción y obras públicas de la provincia de Barcelona para el año 2001 en el Registro de convenios de la Delegación Territorial de Trabajo de Barcelona.

-2 Disponer que el texto mencionado se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 29 de mayo de 2002

Francisca Antolinos i Jiménez

Delegada territorial de Barcelona

Transcripción literal del texto original firmado por les partes

ACUERDO

de revisión de IPC del Convenio colectivo de trabajo de la industria de la construcción y obras públicas de la provincia de Barcelona para el año 2001

En la ciudad de Barcelona, a las 12 horas del día 30 de abril de 2002, se reúne, en primera convocatoria, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de trabajo de la construcción y obras públicas de la provincia de Barcelona, en la calle de Pau Claris, nº 95, 2º, bajo la presidencia del señor Xavier Crespán i Echagoyen, actuando de secretario el señor Jordi Altafaja Diví.

Asistentes:

Representación empresarial: Asensi Sanfulgencio Molina, Joan Armengol Llobet, Manuel Alcaraz Puig y Jesús Calero.

Asesores: Ignasi Puig Abós, Estanislao Codina Llobet y Josep Vergé González.

Representantes de los trabajadores:

Por CCOO: Quintín Aldana Hidalgo, Jacinto Nadal Álvarez, Joaquín Estrada López, Cecilio Mesa Moreno y Juan Rios Cozar.

Asesor: Florentino del Barrio.

Por UGT: Mariano Martín Silvestre, Gabriel Vázquez Duarte, Teodomino González Pérez, Mateo Vidal Arco Jiménez y Francisco Pelaez Flores.

Asesor: Jacinto Valle Valle.

Presente la totalidad de los miembros titulares y asesores de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de trabajo de la construcción y obras públicas de la provincia de Barcelona para el año 2001, se abre la sesión de conformidad con el orden del día establecido.

Se procede a la lectura de las tablas salariales del Convenio colectivo de trabajo de la construcción y obras públicas de la provincia de Barcelona para el año 2001 revisadas con el 0,7% de incremento sobre las tablas definitivas del año 2000, según se establece en el artículo 63 del Convenio colectivo, que se adjuntan a la presente acta y, en prueba de conformidad, firman todos los presentes. Se acuerda su posterior presentación y registro ante la autoridad laboral competente.

Leída la presente acta, se firma en el lugar y la fecha del encabezamiento.

En el caso de que se tengan que firmar las tablas del Convenio en lengua catalana, la Comisión autoriza para su firma, en nombre de todos sus miembros, al Sr. Manuel Alcaraz Puig en representación de las organizaciones empresariales, al Sr. Mariano Martín Silvestre en representación de UGT y al Sr. Quintín Aldana en representación de CCOO y a la vez hace constar que en el caso de divergencias de interpretación entre el texto traducido al catalán y el texto en castellano, tendrá prioridad éste último.

Finalmente, no habiendo más asuntos que tratar ni palabras pedidas, el presidente levanta la sesión, de la que se levanta la presente acta, que es firmada por el secretario en prueba de conformidad, con el visto bueno del presidente.

Tablas salariales del Convenio de la construcción y obras publicas de Barcelona

Anexo I.a

Tabla de retribuciones vigentes desde el 1 de enero de 2001 (1 euro = 166,386 pesetas)

Retribución anual

C: categoría; S: salario base; PC: plus de convenio; PD: plus de distancia y transporte; PR: plus de prendas y herramientas.

C

S

PC

PD

PP

Encargado

8.062,09

5.197,09

1.183,00

100,11

Capataz

7.560,44

4.930,04

1.183,00

100,11

Modelista

7.477,73

4.767,89

958,17

100,11

Adornista

7.477,73

4.767,89

958,17

100,11

Jefe de taller

8.062,62

5.193,50

1.183,00

100,11

Contramaestre

7.560,44

4.930,04

1.183,00

100,11

Entibador-barrenero

7.252,88

4.772,26

1.183,00

100,11

Oficial de primera

7.280,45

4.659,78

958,17

100,11

Oficial de segunda

6.722,07

4.362,55

958,17

100,11

Ayudante

6.277,59

4.125,72

958,17

100,11

Peón especialista

6.137,20

4.049,40

958,17

100,11

Peón ordinario

6.065,88

3.981,05

958,17

50,05

Pinche de 16 años

3.512,77

2.381,95

516,84

50,05

Pinche de 17 años

3.784,90

2.525,01

516,84

50,05

Aprendiz de primera

3.061,16

2.137,57

516,84

50,05

Aprendiz de segunda

3.239,01

2.238,90

516,84

50,05

Guarda jurado

6.488,15

4.213,93

958,17

50,05

Vigil. taller o almacén

6.063,13

3.987,42

958,17

50,05

Aux. téc. obra

7.338,28

4.655,03

958,17

50,05

Aux. adm. obra

6.883,18

4.531,84

1.183,00

50,05

Almacenero almacén central

6.634,00

4.293,40

958,17

50,05

Listero almacenero

6.487,34

4.203,98

958,17

50,05

Jefe de servicio

10.202,12

5.840,00

1.183,00

50,05

Ayte. licdo., ing. arquit.,

jefe de obras

9.765,93

5.653,79

1.183,00

50,05

Ayte. ing., AATS, apar. arquit.

téc., grad. soc., prof. merc.

9.163,40

5.345,06

1.183,00

50,05

Jefe personal, jefe 1ª

org., insp. adm., jefe 1ª adm.

8.747,00

5.138,26

1.183,00

50,00

Ayudante de obra

8.541,27

5.041,22

1.183,00

50,05

Encargado general

8.335,56

4.928,54

1.183,00

50,05

Jefe 2ª org., jefe 2ª

adm., delin. sup.

7.732,90

4.624,67

1.183,00

50,05

Vendedor 1ª, téc. org. 1ª,

of. 1ª adm., top. 1ª, delin. 1ª

7.105,81

4.325,75

1.183,00

50,05

Vendedor 2ª, téc. org. 2ª,

of. 2ª adm., top. 2ª, delin. 2ª

6.527,10

3.923,89

958,17

50,05

Aux. vend., aux. adm.,

aux. org. de 21 años o más

5.895,20

3.610,28

958,17

50,05

Aux. vend., aux. adm.,

aux. org. menor de 21 años

5.527,65

3.433,85

958,17

50,05

Calc., ayte. top., telef., const.,

cobr., orden., port., enf.

5.762,77

3.551,47

958,17

50,05

Aspirante 16-17 años,

botones 16-17 años

3.058,88

1.988,17

516,83

50,05

C: categoría; GJ: gratificación de junio; GN: gratificación de Navidad; V: vacaciones; T: total

C

GJ

GN

V

T

Encargado

1.509,23

1.509,23

1.509,23

19.069,97

Capataz

1.431,64

1.431,64

1.431,64

18.068,50

Modelista

1.384,17

1.384,17

1.384,17

17.456,42

Adornista

1.384,17

1.384,17

1.384,17

17.456,42

Jefe de taller

1.508,86

1.508,86

1.508,86

19.065,82

Contramaestre

1.431,64

1.431,64

1.431,64

18.068,50

Entibador-barrenero

1.384,64

1.384,64

1.384,64

17.462,16

Oficial de primera

1.353,33

1.353,33

1.353,33

17.058,48

Oficial de segunda

1.266,90

1.266,90

1.266,90

15.943,61

Ayudante

1.198,15

1.198,15

1.198,15

15.056,03

Peón especialista

1.176,29

1.176,29

1.176,29

14.773,76

Peón ordinario

1.154,15

1.154,15

1.154,15

14.517,59

Pinche de 16 años

690,74

690,74

690,74

8.533,82

Pinche de 17 años

731,84

731,84

731,84

9.072,31

Aprendiz de primera

619,67

619,37

619,37

7.624,64

Aprendiz de segunda

647,62

647,62

647,62

7.987,65

Guarda jurado

1.219,82

1.219,82

1.219,82

15.369,77

Vigil. taller o almacén

1.155,12

1.155,12

1.155,12

14.524,13

Aux. téc. obra

1.351,19

1.351,19

1.351,19

17.055,11

Aux. adm. obra

1.314,90

1.314,90

1.314,90

16.592,78

Almacenero almacén

central

1.242,86

1.242,86

1.242,86

15.664,21

Listero almacenero

1.218,81

1.218,81

1.218,81

15.355,96

Jefe de servicio

1.835,71

1.835,71

1.831,71

22.782,29

Ayte. licdo., ing. arquit.,

jefe de obras

1.771,82

1.771,82

1.771,82

21.968,23

Ayte. ing., AATS, apar. arquit.

téc., grad. soc., prof. merc.

1.676,53

1.676,53

1.676,53

20.771,11

Jefe personal, jefe 1ª org.,

insp. adm., jefe 1ª adm.

1.611,28

1.611,28

1.611,28

19.952,14

Ayudante de obra

1.579,26

1.579,26

1.579,26

19.553,32

Encargado general

1.545,74

1.545,74

1.545,74

19.134,37

Jefe 2ª org., jefe 2ª adm.,

delin. sup.

1.452,17

1.452,17

1.452,17

...

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