Convenio colectivo - Distribuidora Industrial, S.A. (DISA), Canarias

Inicio de Vigencia12 de Junio de 1996
Fin de Vigencia20 de Marzo de 1996
Publicado enBoletín Oficial de Canarias de 12/06/96

Visto el acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Distribuidora Industrial, S.A. (DISA), y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 90.2º y de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores y en los Reales Decretos 661/1984, de 25 de enero y 1.033/1984, de 1 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de mediación, arbitraje y conciliación y en materia de trabajo y el Decreto 230/1993, de 29 de julio, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Trabajo y Función Pública, esta Dirección General

ACUERDA:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro Oficial de Convenios Colectivos, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer el depósito del texto original.

Tercero.- Disponer asimismo su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto que no agota la vía administrativa, cabe recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes desde la notificación o publicación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de marzo de 1996.- El Director General de Trabajo, Francisco Zumaquero García.

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN

NEGOCIADORA

En Santa Cruz de Tenerife, siendo las 10,00 horas del día veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa y cinco y en las oficinas de la empresa Distribuidora Industrial, S.A., en la calle Álvaro Rodríguez López, s/n.

SE REÚNEN

De una parte, D. Rodolfo Rull Buixadera, como Director-Gerente de la citada empresa.

Y, de otra y en nombre de las Organizaciones Sindicales con representación en la misma:

Por la Organización Sindical de U.G.T., D. José Luis Mazuela Pizarroso. Por la Organización Sindical de CC.OO., D. Manuel Pérez Calvente. Y por la Organización Sindical de Intersindical Canaria, D. Juan García Ramos.

Ambas partes se reconocen recíprocamente con capacidad legal y personalidad jurídica suficiente a los efectos de designar los componentes de la mesa negociadora para la negociación del Convenio Colectivo de Distribuidora Industrial, S.A. para el año 1995.

Antes de examinar los puntos a tratar en la presente reunión se da lectura por la Dirección de la Empresa, a un escrito de fecha del día de hoy dirigido por el Presidente del Comité de Empresa de Salinetas a dicha Dirección, no entrando los reunidos en el debate de dicho escrito por considerar que es un tema ajeno a los asuntos a debatir en el día de hoy.

Seguidamente manifiestan las Organizaciones Sindicales su deseo de constituir por sí mismas la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR