Convenio colectivo - Hospital Insular de Lanzarote., Canarias

Inicio de Vigencia10 de Octubre de 1984
Fin de Vigencia25 de Septiembre de 1984
Publicado enBoletín Oficial de Canarias de 10/10/84

Visto el texto del convenio colectivo del Hospital Insular de Lanzarote (Excmo. Cabildo Insular), suscrito por la Comisión Negociadora, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, dos y tres de la Ley 8/80 de 10 de Marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y R.D. 1.033/84, de 11 de Abril, sobre transferencia de funciones a la Comunidad Autónoma de Canarias, esta Dirección Territorial de Trabajo,

ACUERDA

1°.- Ordenar su inscripción en el registro oficial de convenios colectivos, con notificación a la Comisión Negociadora.

2°.- Remitir el texto original del mismo al Instituto Nacional de Mediación, Arbitraje y Conciliación IMAC para su depósito.

3°.- Interesar su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia y en el de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de Septiembre de 1984. El Director Territorial de Trabajo, Francisco Aguilar Santos.

ACTA DE ACUERDO FINAL

En la ciudad de Arrecife de Lanzarote, siendo las 19,00 h., del día veintidós de Junio de mil novecientos ochenta y cuatro y en los locales del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote.

REUNIDOS:

De una parte, la Empresa Hospital Insular de Lanzarote (Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote), representada por; D. Segundo Rodríguez González, D. Antonio Rodríguez Cabrera, D. Antonio Díaz García y D. Félix Manuel Cabrera de la Cruz. Y de otra parte, la representación social de la Comisión Negociadora a través de: don José Betancourt Rodríguez, don Domingo Sánchez Moreno y doña Luz Marina de León Cabrera.

Así como don Manuel Meca Cazalla, asesor por la parte empresarial y don Miguel A. Barrios Miralles y don Angel Gascón Marrero, asesores de la Central Sindical Unión General de Trabajadores (U.G.T.) única representada en la Empresa.

Ambas partes, una vez concluidas las negociaciones para el presente año.

ACUERDAN

Suscribir con fecha de hoy, en 17 folios, el texto del Convenio Colectivo del Hospital Insular de Lanzarote, que va a regir durante el año 1984.

Y para que surta los efectos oportunos, se firma el texto del Convenio y las Actas correspondientes, en el lugar, día y hora al principio señalados.

ACTA DE CONSTITUCION

ASISTENTES:

Representación Empresarial:

D. Segundo Rodríguez González.

D. Antonio Rodríguez Cabrera.

D. Antonio Díaz García.

D. Félix M. Cabrera de la Cruz. Asesor: D. Manuel Meca Cazalla. Representación Social. D. José Betancourt Rodríguez.

D. Domingo Sánchez Moreno. Doña Luz Marina de León Cabrera. Asesores por U.G.T.

D. Miguel A. Barrios Miralles.

D. Angel Gascón Marrero.

En la ciudad de Arrecife de Lanzarote, siendo las 19.00 h., del día 4 de Junio de 1984, se reúnen en los locales del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, las personas al margen relacionadas, al objeto de constituir la Comisión Negociadora que deliberará sobre el Convenio Colectivo del Hospital Insular de Lanzarote a aplicar durante 1984.

Abierta la sesión, ambas partes se reconocen como interlocutores válidos y legítimamente para negociar, según lo establecido en los artículos 87 y 88 del Estatuto de los Trabajadores.

Asimismo quedan establecidos como días de negociación los Lunes, Miércoles y Viernes de cada semana a partir de las 19.00 horas.

No habiendo más asuntos que tratar en esta primera sesión, se levanta la misma siendo las 20,30 horas del día anteriormente citado.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°.- Ambito Personal y Funcional.- El presente Convenio Colectivo regula las relaciones entre la Empresa HOSPITAL INSULAR DE LANZAROTE, perteneciente al Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote y todos los trabajadores que actualmente y mientras dure su vigencia, presten servicios en la misma.

Artículo 2°.- Duración.- Este Convenio Colectivo se pacta por un año contado a partir del uno de Enero de 1984, finalizando su vigencia el 31 de Diciembre de 1984.

Artículo 3°.- Vigencia.- Este Convenio Colectivo entrará en vigor al día siguiente de su firma por las partes, a excepción de las tablas salariales que tendrán efectos desde el día uno de Enero de mil novecientos ochenta y cuatro.

Artículo 4°.- Prórroga y Denuncia.- El presente Convenio Colectivo se considerará prorrogado a su término, por periodos anuales, de no. ser denunciado por alguna de las partes con al menos un mes de antelación a la vigencia del mismo.

La denuncia se efectuará por escrito, presentándose la de los trabajadores a la Presidencia de la Consejería de Sanidad del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote.

De la denuncia efectuada, se dará traslado a la Dirección Provincial de Trabajo a los efectos oportunos.

Artículo 5°.- Vinculación a la totalidad.- Las partes firmantes de este Convenio, lo consideran un todo, vinculándose a la totalidad del mismo, por lo que cualquier modificación o supresión en su articulado hará devenir la ineficacia de todo lo pactado.

Artículo 6°.- Comisión Paritaria.- Para el seguimiento e interpretación de este Convenio se crea una Comisión Paritaria, compuesta por tres representantes de la Empresa y tres por parte de los trabajadores.

Cualquiera de las partes, podrá solicitar la convocatoria de la Comisión, dirigiendo escrito, que contenga el motivo de la convocatoria, al Presidente de la Consejería de Sanidad que fijará, dentro de los tres días hábiles siguientes, día y hora de la reunión.

La Comisión paritaria adoptará sus acuerdos por mayoría.

PLANTILLA.

Artículo 7°.- Categorías y Funciones.- La Clasificación y funciones del personal afectado por el presente Convenio, serán las que vienen recogidas por la Ordenanza Laboral para Establecimientos Sanitarios y de Hospitalización, de fecha veinte y cinco de Noviembre de mil novecientos setenta y seis. Se crearán las necesarias plazas en la plantilla, teniendo en cuenta las necesidades y posibilidades reales del Centro. Tendrán preferencia a cubrir las mismas aquellos trabajadores que ya estén realizando dichas funciones con su debida...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR