Corrección de errores - Centros de Asistencia y Educación Infantil, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia30 de Noviembre de 2019
Fin de Vigencia30 de Noviembre de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 288 de 30/11/2019

Advertidos errores en el texto del XII Convenio colectivo de centros de asistencia y educación infantil, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 12 de julio de 2019, en el BOE número 178, de 26 de julio.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 81619, disposición transitoria séptima, párrafo segundo, sexta línea, debe suprimirse la frase: «que expresamente asuman los incrementos retributivos que estas tablas incorporan.», quedando redactada de la siguiente manera:

Disposición transitoria séptima.

A partir del día 1 de enero de 2019 y hasta el 31 de agosto de 2021, las tablas salariales para los centros de Educación Infantil –gestión indirecta– serán las que figuran en el anexo II, apartados A y B, del presente Convenio colectivo.

Las recogidas en el anexo II, apartado A, serán de aplicación a los centros de Educación Infantil –gestión indirecta– cuyos procedimientos de licitación o contratación hayan comenzado a partir del 1 de enero de 2019, aunque su fecha de efectos económicos solo tendrá lugar desde la fecha en que se inicie la ejecución de los nuevos contratos o subvenciones (derivados de los indicados procedimientos de licitación o contratación).

Las reflejadas en el anexo II, apartado B, serán de aplicación a los centros de Educación Infantil –gestión indirecta– no...

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