Acuerdo - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia13 de Mayo de 2019
Fin de Vigencia13 de Mayo de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 114 de 13/05/2019

Visto el texto del Acuerdo sobre creación de un complemento salarial para los docentes de los ciclos formativos de grado superior de los centros privados del ámbito de la Comunidad de Madrid para el curso escolar 2018-2019, afectados por el VI Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, (código de convenio 99008725011994), remitido por la Comisión Paritaria dando cumplimiento a lo previsto en el propio Convenio de sector. Acuerdo que fue suscrito, con fecha 19 de marzo de 2019, de una parte por las organizaciones empresariales EyG-Madrid, CECE-Madrid, UCETAM y FACEPM, en representación de las empresas del sector en Madrid, y de otra por los sindicatos FSIE-Madrid, FEUSO, FESP-UGT-Madrid y FEM-CC.OO.–Madrid en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de abril de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACUERDO SOBRE CREACIÓN DE UN COMPLEMENTO SALARIAL (CRNCM-CFGS) PARA LOS DOCENTES DE LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE LOS CENTROS PRIVADOS DEL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL CURSO ESCOLAR 2018/2019 AL AMPARO DEL ARTÍCULO 83-3 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Y DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS

Madrid, a 19 de marzo de 2019.

El concierto para las enseñanzas de formación profesional de Grado Superior fue suprimido de forma unilateral y con carácter general mediante la Orden 2730/2013, de 28 de agosto, para todos los centros privados concertados en aquel momento.

Esta circunstancia produjo, entre otros efectos, la exclusión del sistema de pago delegado del personal docente afecto a este nivel educativo, y la consiguiente reducción de las retribuciones (salarios...

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