Acuerdo - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 3 de Julio de 2020
Fin de Vigencia 3 de Julio de 2020
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 183 de 03/07/2020

Visto el texto del Acuerdo sobre creación de un complemento salarial para los docentes de los ciclos formativos de grado superior de los centros privados del ámbito de la Comunidad de Madrid para el curso escolar 2019-2020, afectados por el VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (código de convenio 99008725011994), remitido por la Comisión Paritaria dando cumplimiento a lo previsto en el propio Convenio de sector. Acuerdo que fue suscrito, con fecha 27 de abril de 2020, de una parte por las organizaciones empresariales EyG de Madrid, UCETAM y FACEMP, en representación de las empresas del sector de Madrid, y de otra por los sindicatos FSIE Madrid y FE-USO Madrid, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de junio de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACUERDO SOBRE CREACIÓN DE UN COMPLEMENTO SALARIAL (CRNCM-CFGS) PARA LOS DOCENTES DE LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE LOS CENTROS PRIVADOS DEL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL CURSO ESCOLAR 2019/2020 AL AMPARO DEL ARTÍCUL0 83-3 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Y DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS

Madrid, a 27 de abril de 2020.

El concierto para las enseñanzas de formación profesional de Grado Superior fue suprimido de forma unilateral y con carácter general mediante la Orden 2730/2013, de 28 de agosto, para todos los centros privados concertados en aquel momento.

Esta circunstancia produjo, entre otros efectos, la exclusión del sistema de pago delegado del personal docente afecto a este nivel educativo, y la consiguiente reducción de las retribuciones (salarios y complementos) de los docentes...

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