Prórroga - Empresas de Publicidad, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2015
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 35 de 10/02/2015

Visto el texto del acta de fecha 18 de diciembre de 2014 donde se acuerda la prórroga del Convenio colectivo estatal para las empresas de publicidad (código de convenio número 99004225011981), que fue suscrita, de una parte, por las Asociaciones empresariales AGEP, FNEP, AEACP, AEPE y AEP, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales CC.OO. y FES-UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga en el correspondiente Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de enero de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS EMPRESAS DE PUBLICIDAD SOBRE PRÓRROGA DE VIGENCIA DEL ACTUAL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR

En fecha 9 de mayo de 2013, esta Comisión Negociadora adoptó un acuerdo de prórroga de la vigencia del Convenio colectivo para las Empresas de Publicidad hasta el día 31 de diciembre de 2014.

No habiendo culminado la negociación del próximo Convenio del sector, se hace preciso acordar una nueva prórroga de la vigencia del actual Convenio colectivo para las Empresas de Publicidad, de conformidad con la normativa laboral vigente, que permite que, en cualquier momento, las partes negociadoras ultimen acuerdos específicos sobre prórroga de los Convenios, incluso durante la fase de negociación del nuevo Convenio llamado a sustituir al denunciado.

Esta Comisión Negociadora, al objeto de dar seguridad jurídica y estabilidad en el marco de las relaciones laborales incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio colectivo para las Empresas e Publicidad, adopta el siguiente:

ACUERDO

Primero.

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